
Jueves 11 de marzo de 2010| por Leslie Ayala Castro / La Nacin
El 15 de octubre pasado se celebraron los diez años desde que el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle promulgó la ley que implementó en el país la reforma procesal penal (RPP). En esa oportunidad, la Presidenta Michelle Bachelet reconoció el trabajo de la Concertación para que este proyecto se concretara de la mejor forma. "La verdad es que la reforma penal es una, tal vez, de las transformaciones más trascendentales que ha vivido la sociedad chilena desde el restablecimiento de la democracia", destacó.
Esta innovación en materia penal, que creó al Ministerio Público como una institución autónoma encargada de la persecución del delito, vino a revolucionar un sistema en el cual las causas penales se tramitaban a través de escritos. En el sistema antiguo las solicitudes se presentaban ante el juez del crimen, quien obraba como investigador y a la vez dictaba los fallos, actuando bajo un régimen secretista que no era bien mirado por la sociedad. Con la instauración del nuevo modelo todo esto quedó atrás, pues la ciudadanía pudo por primera vez ser público en juicios orales en los que interactúan jueces, defensores y fiscales.
Esta nueva tramitación penal, nació bajo los principios de imparcialidad, transparencia, oralidad, rapidez, protección a víctimas y testigos, además de garantizar un debido proceso para los imputados, en miras a estándares internacionales sobre derechos humanos.
La inversión
El costo asignado a los distintos actores de esta reforma fue de $180 mil millones para el Poder Judicial, $131 mil millones al Ministerio Público y $30 mil millones para la Defensoría Penal Pública, lo que en total se traduce en una inversión fiscal que superó los $340 mil millones.
Esta inyección de recursos para optimizar la eficacia de persecución del delito no ha cesado. En la ceremonia de los diez años de la RPP en Chile, Bachelet puso la primera piedra para el edificio que albergará a la Fiscalía Nacional, ente que administra la labor del Ministerio Público en el territorio nacional. En él trabajarán cerca de 250 funcionarios, tendrá un costo de $ 7 mil 755 millones y está ubicado en pleno centro de la capital. "Este edificio será también un reflejo del sólido lugar que ha alcanzado el Ministerio Público en nuestra institucionalidad ( ) necesitamos seguir perfeccionando el proceso de administración de justicia", dijo la jefa de Estado en esa oportunidad.
Los actores: juez, fiscal y defensor
La principal preocupación de los gobiernos de la Concertación fue otorgar garantías para todos los implicados en un hecho delictual.
Surge así la figura del fiscal del Ministerio Público, un abogado que es el encargado de recibir las denuncias, investigar el hecho, bajo el principio de objetividad decidir si formalizar una investigación o no persevera. En su labor se centra además la protección a la víctima y los testigos.
Como contraparte actúa el defensor penal público, quien otorga un servicio especializado para el imputado, tratando de que los procesos efectuados por los fiscales y los organismos auxiliares del Ministerio Público no violen las garantías de la persona investigada o condenada. El lema de esta entidad es "sin defensa, no hay justicia", lo que se enmarca dentro de los estándares internacionales de un debido proceso y el derecho a defensa para quienes no puedan costear a un abogado particular.
Asimismo, se incorporó la figura del juez de garantía y el juez oral. A diferencia del sistema antiguo, los magistrados no investigan. El tribunal es el encargado, bajo imparcialidad, de valorar tanto las pruebas incriminatorias presentadas por los fiscales y los argumentos que rebate la defensa, para luego dictar una resolución.
La interacción entre los tres protagonistas de este sistema se realiza de forma oral y en audiencias públicas.
Leyes de filiación y divorcio
Aunque la Constitución establece que hombres y mujeres nacen iguales en dignidad y derechos, Chile vivió un período de fuerte discriminación que afectaba no sólo a hombres y mujeres, sino a la infancia.
En 1990, al retorno de la democracia, la institucionalidad marcaba diferenciaciones entre niñas y niños legítimos e ilegítimos o ciudadanos de primera y segunda categoría. Y la Concertación se planteó modificar esa realidad, en un proceso iniciado en 1993, y terminado en 1998, cuando se promulgó la Ley de Filiación Nº 19.585 en el gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
Los hijos legítimos se establecían para los nacidos dentro del matrimonio, mientras que los ilegítimos eran los nacidos de padres no unidos en ese vínculo.
Otro de los temas sociales y civiles transversales que encontraron solución en gobiernos de la Concertación, fue el contar con una ley de divorcio que permitiera encarar de manera formal e institucional la realidad de separación de parejas y de paso terminar con una tramposa bucrocracia que permitía la llamada "anulación del matrimonio" que se hacía siempre con subterfugios y que no dejaba establecidas obligaciones y derechos para cónyuges que incluso habían procreado hijos juntos.
Luego de un intenso y largo debate, en mayo de 2002 la Comisión de Constitución del Senado, aprobó la existencia del divorcio y el 7 de mayo del 2004 se promulgó la Ley Nº 19.947 sobre matrimonio civil que formalizó el divorcio, lo que permitió ordenar el trámite y las condiciones de las parejas que se separaban, incluyendo derechos y deberes frente a los hijos.
HITOS DE LA REFORMA PROCESAL PENAL
Sistema gradual de implementación
Año 2000: Regiones de Coquimbo y Araucanía.
Año 2001: Regiones de Tarapacá, Antofagasta y Maule.
Año 2002: Regiones de Arica, Aysén y Magallanes.
Año 2003: Regiones de Valparaíso, O'Higgins, Biobío y Los Lagos.
Año 2005: Región Metropolitana.
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NUEVA JUSTICIA LABORAL, MÁS CERCANA A LOS TRABAJADORES Desde el año 2008 comenzó a implementarse en el país la oralidad y publicidad de los procesos en materia laboral. En octubre de 2009 este proyecto de modernización se hizo realidad en todo el país. Con la llegada de la nueva justicia laboral los procedimientos son más rápidos y la resolución de las demandas laborales en promedio no duran más allá de 60 días, lo cual es un plazo abismantemente opuesto a los dos años que podía durar un litigio como éste en el antiguo sistema. Uno de los principales objetivos de esta renovación fue favorecer a los trabajadores con una defensa otorgada por el Estado, quien en forma gratuita ofrece un servicio especializado a quien se ve más debilitado en este tipo de proceso judicial en el cual el trabajador se enfrenta a su empleador. |
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JUSTICIA DE FAMILIA SE MODERNIZÓ Una vez implementada en todo el país la reforma procesal penal, el primero de octubre de 2005, en un trabajo en conjunto de los aparatos del Estado, se dio el puntapié inicial a otra de las innovaciones más importantes realizadas durante los últimos 20 años: la modernización de la justicia de familia. Desde ese momento, y en forma paulatina, 355 jueces en Chile comenzaron a resolver conflictos de familia en un sistema más rápido y transparente en el cual no hay intermediarios entre el juzgado y las partes, pues todo se resuelve en audiencias orales y públicas. Antes de esta reforma, el actuar judicial en esta materia era similar al de los juzgados del crimen en los que las causas se tramitaban a través de escritos presentados a los 21 jueces que existían y que nunca eran vistos por los demandantes. |