
Viernes 8 de junio de 2012| por ANSA
Una niña argentina de 3 años a la que se mantenía con vida artificialmente murió el jueves, cuando los aparatos a los que estaba conectada fueron apagados en cumplimiento de la ley de muerte digna, aprobada el 9 de mayo por el Congreso.
El caso de Camila Sánchez fue emblemático y la lucha de sus padres por el derecho de una muerte digna para las personas en estado vegetativo irreversible motivó el tratamiento del tema en el Parlamento.
“Tenemos, por un lado, el dolor de la pérdida. Pero por otro, la paz de haber conseguido que cese el encarnizamiento terapéutico y la esperanza de que habrá un reencuentro”, declaró a la prensa local Selva Herbón, la mamá de la niña.
Camila nació con un paro respiratorio. Durante 20 minutos intentaron reanimarla y lo lograron, pero el daño fue irreversible. La conectaron a aparatos que mantuvieron vivo su cuerpo. Pero nunca escuchó, ni vio, ni comió, ni habló, ni se movió.
El jueves a las 12:15 la niña, que había nacido el 27 de abril de 2009 y cuyo diagnóstico era encefalopatía crónica no evolutiva, fue desconectada a pedido de sus padres.
Por la red social Facebook, su madre manifestó: “Camila, nuestro ángel, partió”. Herbón expresó al diario Crónica que su familia está bien ahora.
Y agregó: “Gracias a los médicos que pudieron interpretar el sentido de la ley nacional de derechos de los pacientes. Gracias al esfuerzo de todos los que se conmovieron y desde su lugar, pudieron acompañarnos en este proceso de dolor y lucha incansable. Camila nos dejó huella. Hoy nuestras oraciones son por ella, por nuestra familia y por todos ustedes. Infinitas gracias a todos”.
Los restos de la niña serán llevados el domingo al Santuario Nuestra Señora de Luján de Uribelarrea, en la localidad de Cañuelas, en la provincia de Buenos Aires, donde se realizará una misa.
La ley “no implica la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido”, dijeron legisladores en el debate que llevó a la aprobación de esta iniciativa, reclamada por organizaciones sociales e incluso profesionales.
La norma autoriza a los pacientes y sus familiares a rechazar terapias médicas y “medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a las perspectivas de mejora” del enfermo.
El paciente deberá expresar su rechazo a estos tratamientos a los médicos que lo asistan, quienes a su vez tienen la obligación de informarlo fehacientemente sobre su real estado de salud y sobre la posibilidad cierta o difusa de extenderle la vida a partir de determinadas terapias y sus consecuencias.
Esta ley no contempla ni la eutanasia ni el suicidio asistido, apunta a brindar en cambio una “muerte digna”.