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Cámara aprueba y despacha Ley Dominga: La norma regula el acompañamiento a madres y padres

La nueva normativa modifica la Ley 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
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La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó la “Ley Dominga”, que busca promover condiciones más empáticas, así como protocolos de conductas definidos en las instituciones de salud para la atención de pacientes que experimenten un caso de muerte perinatal.

El texto recoge la experiencia de Aracelly Brito, quien tuvo que lamentar la pérdida de su hija Dominga en avanzado estado gestacional. Por ello, es justamente con su nombre que se ha pasado a denominar la iniciativa despachada desde el Parlamento.

La nueva “Ley Dominga” modifica la Ley 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

En dicho marco, se consagra el deber de realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre u otra persona gestante que hayan sufrido la muerte gestacional o perinatal. Lo mismo aplicará para el padre o aquella persona significativa que la acompañe.

Luego, especifica que el Ministerio de Salud dictará la norma técnica respectiva. Dicho instructivo establecerá los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud para resguardar tal derecho. La cartera tendrá un plazo de seis meses, desde la publicación de la ley, para ese efecto.

PERMISO LABORAL

Adicionalmente, el proyecto modifica el Código del Trabajo. En este marco se especifica que, en caso de muerte de un hijo, todo trabajador tendrá derecho a diez días corridos de permiso pagado.

Si se trata de la muerte del cónyuge o conviviente civil, se tendrá derecho a un permiso similar, por siete días corridos. Respecto de ambos casos, el permiso será adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio.

Igual permiso se aplicará, por siete días hábiles, en el caso de muerte de un hijo en período de gestación. En caso de la muerte del padre o de la madre del trabajador, el permiso será de tres días hábiles.

LA HISTORIA TRAS LA LEY

Aracelly Brito, sabiendo que su hija en gestación ya estaba muerta, tuvo que soportar, igualmente, los rigores de un parto. A ello sumó la confusión del personal del recinto y compartir, en una sala común, con otras madres que sostenían en sus brazos a sus hijas e hijos. Ella solo pudo hacer lo mismo con su pequeña Dominga luego de que una anestesista intercediera para eso.

Esas y otras experiencias dolorosas llevaron a Aracelly Brito a gestionar esta iniciativa que fue recogida en el Senado. Allí, el texto saliente se aprobó el 15 de junio pasado y la Cámara lo ratificó con cambios el 28 de julio. Al no ser aceptadas las modificaciones, se conformó una comisión mixta que resolvió las discrepancias entre ambas Corporaciones. Dicho texto se ratificó en el Senado el 11 de agosto. Este martes, la Cámara también se sumó a ese consenso y lo aprobó por 130 votos a favor. Con ello, la iniciativa quedó en posibilidad de pasar al Ejecutivo para su

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