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Cámara de Diputados aprobó reforma tributaria y proyecto pasó al Senado

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La Cámara de Diputados aprobó por 97 a favor, 33 en contra y 3 abstenciones el informe de la comisión mixta de la reforma tributaria. La iniciativa será votada en la Sala del Senado a partir de las 16:00 horas y si se aprueba se convertirá en ley.

La reforma implica una mayor recaudación de US$2.435 millones, cuando las medidas se encuentren en régimen, en 2025; y una reducción de dineros para el fisco de US$230 millones. El efecto final implicará una ganancia para las arcas fiscales de aproximadamente US$2.204 millones.

Además, junto con mantener el sistema semi integrado para las grandes empresas, se contempla una tasa de Impuesto de Primera Categoría de 27% y una carga tributaria máxima de propietarios de 44,45%.

El proyecto mantiene el régimen propyme totalmente integrado con mejoras adicionales (mayor liquidez e incentivo a invertir) y soluciona la situación de pequeños cooperados integrándolos completamente.

En cuanto a adultos mayores, se consideran mayores beneficios para eximir o reducir el pago de sus contribuciones. Así, serán objeto de exención del Global Complementario las rentas de hasta aproximadamente $650 mil; y tendrán rebaja de un 50% del citado impuesto aquellos que tengan ingresos de hasta $1,4 millones.

RECAUDACIÓN PROGRESIVA

En materia de recaudación progresiva se considera una nueva sobretasa para inmuebles, aplicable por tramos y de forma marginal, contemplando el avalúo fiscal total de los inmuebles del contribuyente inscritos al 31 de diciembre del año anterior. Las pymes y fondos de pensiones estarán exentos de esta medida.

También se incluye un nuevo tramo de 40% de Impuesto Global Complementario e Impuesto Único de Segunda Categoría, para personas con rentas anuales superiores a 310 UTA; una regularización de la patente municipal a sociedades de inversión; y nuevos requisitos para los fondos de inversión privados.

Asimismo, se considera la eliminación gradual de la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas (PPUA) por la imputación de pérdidas tributarias a utilidades provenientes de terceros; y nueva restricción para cómputo de dos inmuebles DFL2, para acceder a beneficios tributarios, considerando aquellos recibidos por herencia, entre otras modificaciones.
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