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Cancillería explicó la remoción de cónsules de Panamá y Mendoza

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Mediante comunicado de prensa, el Ministerio de Relaciones Exteriores oficializó la salida del cónsul en Panamá, Cristián Jara, quien mediante un video difundido en redes sociales brindó su apoyo al precandidato de Chile Vamos, Manuel José Ossandón.

Además, el documento indicó que también fue removido de sus funciones el cónsul en Mendoza, Juan Pino, quien expresó su apoyo a la candidatura de Alejandro Guillier.

Respecto a la decisión, Cancillería aclaró que el ministerio “es el servicio público promotor y garante del ejercicio de la ciudadanía y de la participación democrática de los connacionales que se encuentran fuera del país”.

En este sentido, la autoridad afirmó que los cónsules en el proceso eleccionario, como es el caso de las primarias, actúan como presidentes de las Juntas Electorales y les corresponde resguardar “las garantías de independencia, transparencia e imparcialidad que un proceso electoral de este tipo amerita”.

“En ese sentido a todos los funcionarios que prestan servicios en el exterior en embajadas y consulados, les está impedido realizar, ejecutar o participar en eventos o manifestaciones públicas que tengan por finalidad la promoción o rechazo de alguna nominación o candidatura”, agregó.

Asimismo, el documento indicó que “las infracciones que se cometan son consideradas como faltas graves al principio de probidad administrativa, y serán conocidas y resueltas por la Contraloría General de la República”.

“Con estas consideraciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha determinado que el cónsul de Chile en Ciudad de Panamá (Cristián Jara); y el cónsul de Chile en Mendoza, Juan Pino, dejen de cumplir funciones consulares, asumiendo dichas tareas otros funcionarios diplomáticos situados en Ciudad de Panamá y Mendoza, respectivamente. Ambos diplomáticos del Servicio Exterior de Chile serán reasignados a otras funciones”.

Finalmente, el documento estableció que la Cancillería “seguirá resguardando rigurosamente el cabal y pleno cumplimiento de los estándares de transparencia e imparcialidad establecidos en la ley electoral”.
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