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  Condenan a Claro por enviar a mujer erróneamente a Dicom

Martes 14 de diciembre de 2010

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió aplicar una multa y el pago de una indemnización a la empresa de telefonía celular Claro, por enviar a Dicom a una consumidora, quien jamás suscribió un contrato con la mencionada firma.

En fallo unánime, los ministros Juan Escobar, Dora Mondaca y el abogado integrante Enrique Pérez, condenaron a la compañía a pagar 10 UTM ($ 376.050) como multa por la infracción, más una indemnización por daño moral provocado a Ana María Valenzuela Venegas, por un total de $ 2.500.000.

De acuerdo a la resolución, en marzo de 2007 la mujer solicitó un crédito de consumo en un banco, el cual le fue negado por aparecer con antecedentes de morosidad en el Boletín Comercial, por un total de $ 561.000 con la empresa de telefonía.

Como quedó estipulado por el peritaje realizado por la PDI al respecto, Valenzuela Venegas jamás firmó contrato y, de hecho, su incorporación fue falsificada en noviembre de 2006.

El fallo determinó que la empresa "actuó de manera negligente al no comprobar la firma de la consumidora".

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