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Defensoría pide “buen criterio” en aplicación de ley que endurece sanciones

Rubén Romero, jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de la Defensoría Penal Pública enfatizó que las multas que parten en $300 mil es una suma “que es prácticamente inabordable para una persona de escasos recursos que sale para buscar algún ingreso para llevar a su casa”.
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Tras la promulgación de la ley que endurece las penas por el incumplimiento de las cuarentenas, la Defensoría Penal Pública llamó al “buen criterio” de los ciudadanos para que eviten salir de sus casas, pero también de fiscales y jueces al revisar estas causas.

“Me refiero al buen criterio que deben tener la fiscalía y los tribunales al momento de distinguir todos los casos que se van a generar por este motivo”, dijo el jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de la DPP, Rubén Romero.

Enfatizó que ahora la norma permite al Ministerio Público realizar un procedimiento monitorio a quienes infrinjan la cuarentena y aplicar multas que parten en 300 mil pesos. “Se trata de una suma que es prácticamente inabordable para una persona de escasos recursos que sale para buscar algún ingreso para llevar a su casa”, advirtió.

Romero recordó que, además de las sanciones en dinero y cárcel, es posible optar por otras medidas, como las suspensiones condicionales o bien que quien infrinja la cuarentena preste beneficios a la comunidad.

Tanto Romero como el encargado legislativo de la Defensoría Penal Pública, Francisco Geisse, participaron en las discusiones modificatorias realizadas en el Congreso.

Ambos propusieron cambios más acotados al artículo 318 que los planteados en el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, con penas alternativas y no sumatorias, desvirtuando una calificante y logrando incorporar el artículo 398, de suspensión de penas, especialmente a este simple delito.

También lograron incorporar la exigencia de un dolo directo en la nueva norma, regulando la aplicación procedimiento monitorio sólo para la multa mínima, instando por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad como pena con menos requisitos que los originales y como condición de la suspensión condicional del procedimiento sin número de horas determinado, entre otras correcciones a la nueva legislación dictada.

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