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  Derribando prejuicios

  Con el antiguo sistema, un juicio laboral podía extenderse por años, desincentivando así a los trabajadores a exigir sus derechos. Actualmente, los litigios no duran más de dos meses en promedio y más del 50% llega a conciliación con su empleador.

Domingo 9 de mayo de 2010| por Vernica Muoz Lathrop / La Nacin Domingo

La lentitud de los procesos de los tribunales del trabajo en el sistema antiguo, que se dilataban por años hasta obtener una sentencia, llegando incluso a la Corte Suprema cuando se trataba sólo de materias tan simples como el pago de sueldos y que contaban con todas las pruebas necesarias, provocaba que muchos trabajadores desistieran de la defensa de sus derechos. Sólo 20 jueces especializados en todo el país debían ver las causas que se acumulaban, mientras las personas de escasos recursos no contaban con abogados competentes en materias laborales.

A dos años de la puesta en marcha de la reforma, es hora de hacer un balance. Para ello, LND recogió las posturas de tres expertos en la materia, todos abogados laboralistas: Claudio Valdivia, recientemente nombrado coordinador nacional de la Oficina de Defensa Laboral del Ministerio de Justicia; Zarko Luksic, que ocupó ese mismo cargo durante el gobierno de Bachelet; y Héctor Humeres, profesor de Derecho Laboral en diversas universidades. Los tres expusieron el viernes pasado en un seminario organizado por la Sofofa.

A primera vista, la evaluación es positiva. Existe consenso en que la etapa de implementación de la nueva justicia laboral, que culminó el segundo semestre de 2009, fue exitosa. No se produjo el colapso que hubo en los tribunales de familia, por ejemplo. La puesta en marcha gradual fue clave, así como aprovechar la experiencia de la reforma procesal penal y considerar una dotación suficiente, constituida por 84 jueces laborales especializados, 26 Juzgados del Trabajo y 138 defensores laborales para atender gratuitamente a las personas con ingresos de hasta $388 mil y demandas por montos que no superan el millón y medio de pesos.

"En primer lugar es un éxito por el acceso a la justicia laboral que hoy tienen los trabajadores. Ahora personas de pocos ingresos pueden contratar un abogado especializado para hacer valer sus derechos", dice el ex coordinador de la Oficina de Defensa Laboral, Zarko Luksic. Desde el inicio de la reforma a la fecha, el 57% de las demandas han sido cursada con defensores laborales gratuitos y el 43% con abogados privados.

También destaca la significativa disminución en la duración de los procesos, que en el sistema antiguo se prolongaba por dos años o más y ahora no supera los dos meses en promedio.

Despejando mitos

En el debate legislativo, e incluso durante la puesta en marcha de la reforma, se vaticinó que el nuevo sistema provocaría una "judicialización de las relaciones laborales" y se auguraba un aumento de las causas. Organizaciones empresariales como la Sofofa y la Cámara Chilena de la Construcción expresaron sus temores por un eventual abuso del procedimiento especial de tutela de derechos fundamentales (ver recuadro), la celeridad de los procesos y la necesidad de establecer una segunda instancia revisora de las decisiones adoptadas por el juez.

A juicio tanto del actual coordinador de la Oficina de Defensa Laboral, Claudio Valdivia, como del saliente, Zarko Luksic, la judicialización no ha aumentado y lo que origina el mayor número de demandas sigue siendo el despido (ver infografía Nº1).

Valdivia explica que del total de consultas que ha ofrecido esta instancia gratuitamente, desde el inicio del nuevo sistema hasta el 31 de marzo de 2010, el 32% se ha traducido en demandas. "Esto significa que sólo una de cada tres consultas termina en juicio. Aquí hay que destacar la labor de la Dirección del Trabajo, previo a la etapa judicial, en que se buscan acuerdos entre las partes. También en la Oficina de Defensa Laboral hemos trabajado en esa línea, porque no se pueden descartar soluciones colaborativas en materias laborales, aunque siempre teniendo en cuenta el adecuado resguardo de los derechos de los trabajadores", señala Valdivia.

En este sentido, Luksic exhibe como logro la gran cantidad de conciliaciones que llegan al 53% del total de sentencias (ver infografía Nº2). "Es mentira que este tipo de juicio sea desfavorable a los empresarios; es favorable al acuerdo y las cifras lo demuestran", argumenta el abogado.

¿Esconden un sesgo las conciliaciones? Aquí no hay consenso. Mientras el profesor de Derecho Laboral Héctor Humeres llama la atención en cuanto a que "hay demasiada conciliación y esto suena extraño", dado que en el sistema antiguo no había tanto acuerdo y ahora sí lo hay, Valdivia piensa que esto es parte de lo que denomina "mitos y prejuicios" sobre el funcionamiento del sistema. "Las conciliaciones también pueden ser favorables al empleador, que ciertamente hace un análisis del riesgo y costo que significa ir a un juicio. Creo que es prematuro sacar conclusiones sobre un eventual sesgo", afirma.

Puntos pendientes

Aun cuando el balance es positivo, los especialistas reconocen que hay aspectos que requieren reforzamiento. Valdivia cree que es muy pronto aún para hacer modificaciones legales. En su análisis, ahora viene una etapa de monitoreo. De hecho el martes se constituyó en el Ministerio de Justicia una mesa de seguimiento con representantes de diversos sectores. Además, dice Valdivia, "existe la necesidad de generar indicadores públicos, sistemáticos y transparentes de información para que tanto empleadores como trabajadores sepan cómo está funcionando el sistema y, más importante, qué expectativas se pueden generar cuando se enfrentan a un juicio". También apunta a fortalecer la información de que disponen los defensores laborales -cuya preparación en general ha sido bien evaluada-, "para que todos tengan las mismas herramientas y tanto el que está en Arica como el que está en Santiago puedan hacer bien su trabajo".

Un aspecto en que hay que poner atención, señala el coordinador de la Oficina de Defensa Laboral, es el cumplimiento de las resoluciones judiciales, puesto que se ha reducido la duración de los procesos. En ese sentido, Luksic señala que "hay una gran cantidad de juicios que son ganados por los trabajadores, pero que no obtienen lo que persiguen porque tienen iniciar un nuevo juicio de cobranza y ahí hay problemas".

En cuanto a la posibilidad de aumentar el límite del sueldo que debe tener una persona para acceder a una defensoría laboral gratuita, que hoy es de $388 mil y que ha sido planteado por organizaciones de trabajadores, Valdivia dice que siempre se puede evaluar, pero no está en estudio por ahora.

imagenLuksic destaca otra carencia relevante: la representación judicial de los microempresarios, muchos de los cuales están en la misma situación que los trabajadores de bajos ingresos y carecen de posibilidades para contratar un abogado especializado. El ex coordinador de la Oficina de Defensa Laboral propone hacer un fondo compartido, con subsidio estatal, que permita mejorar las posibilidades de los pequeños empleadores cuando enfrentan un juicio laboral y sugiere que esta materia sea examinada por el Ministerio de Economía en el marco de las medidas de apoyo a las pequeñas empresas.

Finalmente, aunque no menos importante, está el problema de la segunda instancia revisora de los fallos. A juicio del profesor Héctor Humeres, el recurso de nulidad contemplado en el nuevo sistema como posibilidad de reclamar ante el fallo del juez "no está siendo admitido. En las cortes dicen que los abogados no saben presentarlos, pero yo no creo eso. En la práctica no tenemos recurso". Y agrega: "Estamos convencidos de que se ha transformado en un juicio de única instancia y con un tribunal unipersonal. Para subsanar esto tenemos que avanzar a tener tribunales colegiados. Dicen que no hay dinero, pero si vamos a tener una instancia única, cuestión que va a costar mucho cambiar, hay que tener tribunales colegiados".

El abogado Luksic está de acuerdo en avanzar hacia tribunales colegiados en materia laboral y dice que durante el debate legislativo se planteó esta propuesta y hubo consenso, pero la piedra de tope efectivamente fue el financiamiento.

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LAS NOVEDADES DE LA REFORMA

El 31 de marzo de 2008 comenzó a aplicarse en forma gradual esta nueva modalidad de resolver los conflictos laborales en los tribunales, que se caracteriza por un sistema oral, público, rápido, cuyo objetivo es dar vigencia efectiva a los derechos de los trabajadores.

La reforma elimina las continuas apelaciones que antes dilataban por varios años los procesos e incorpora 86 jueces especializados, 33 oficinas de Defensa Laboral radicadas en las corporaciones de Asistencia Judicial, 26 juzgados laborales, 136 defensores laborales y 494 funcionarios para labores administrativas.

Al mismo tiempo, establece nuevos procedimientos:

Aplicación general: es el más tradicional e incluye causas por despidos, indemnizaciones, desafueros, remuneraciones, imposiciones, enfermedades profesionales y accidentes del trabajo. El 76% de estas demandas es presentada por abogados privados y sólo el 24% por los defensores laborales gratuitos.

Tutela laboral: es nuevo y se configura cuando el trabajador reclama la violación de sus derechos fundamentales en su relación con el empleador, en aspectos como discriminación por raza, sexo, religión u opinión política e incluye prácticas desleales o antisindicales, y negociación colectiva. Aquí quedan resguardados el derecho a la vida y la integridad física y síquica, la libertad de culto, el derecho a la vida privada y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.

Monitorio: reclamos o demandas de menor cuantía que sean iguales o inferiores a 10 ingresos mínimos mensuales (cerca de un millón y medio de pesos). El 90% de este tipo de procedimiento lo lleva las Oficinas de Defensa Laboral en forma gratuita para el trabajador puesto que se trata de causas que difícilmente incentivan a un abogado privado por el monto menor por el cual se demanda.

Reclamo por multas: se aplica cuando un trabajador objeta multas administrativas al empleador, por considerarlas, por ejemplo, de bajo monto.

Ejecutivo: se aplica cuando el demandante cuenta con una sentencia ejecutoriada que hay que hacer cumplir. Constituye el 19% de las demandas presentadas por las oficinas de Defensa Laboral.

DESPIDOS POSTERREMOTO

El coordinador de la Oficina de Defensa Laboral, Claudio Valdivia, asegura que las proyecciones iniciales sobre un aumento significativo de despidos por caso fortuito, sin derecho a indemnización, se han ido ajustando poco a poco a dos meses del sismo. A juicio del funcionario, la situación se ha ido normalizando debido al dictamen de la Dirección del Trabajo que precisó los criterios que rigen el uso de esta causal de despido y que motivó un desistimiento del 30% de los casos, mientras que otro porcentaje llegó a conciliaciones durante el proceso.

Y a pesar de que se previó una sobrecarga para los defensores laborales, éstos sólo han registrado 20% mensual de incremento en las consultas tras el terremoto.

Este martes se reactivó la mesa de seguimiento de la nueva justicia laboral, cuyo primer desafío en el corto plazo es evaluar justamente el impacto del caso fortuito. Participaron en la reunión representantes del Ministerio de Justicia, Poder Judicial, Superintendencia de Quiebras, Dirección del Trabajo, Sofofa, Confederación de la Producción y del Comercio, además del abogado y académico Héctor Humeres.

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