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Juzgado de Garantía de Temuco mantiene prisión preventiva para Martín Pradenas

Esta decisión se adoptó en el marco de una audiencia que tenía como objetivo, por parte del Ministerio Público, cerrar las investigaciones para así realizar la acusación formal y comenzar con la preparación del juicio oral.
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El Juzgado de Garantía de Temuco decidió mantener la medida cautelar de prisión preventiva para Martín Pradenas, quien actualmente es investigado por delitos reiterados de abuso sexual y violación a diversas víctimas, y quien ha permanecido privado de libertad desde hace 15 meses.

Esta decisión se adoptó en el marco de una audiencia que tenía como objetivo, por parte del Ministerio Público, cerrar las investigaciones para así realizar la acusación formal y comenzar con la preparación del juicio oral. La resolución sobre este punto se dará a conocer este miércoles.

Pero además, la defensa del imputado solicitó la revisión de las medidas cautelares. “A esta altura de la investigación, no cabe más que concluir que estamos frente a una pena anticipada (…) lo que ocurre es que se buscan pruebas que no se encuentran”, planteó el abogado defensor, Gaspar Calderón.

La fiscalía, a través del persecutor Raúl Espinoza, rechazó de plano dicha solicitud: “Las circunstancias no han variado de ninguna forma, no hay ninguna evidencia nueva, ningún antecedente investigativo que pudiese hacer entender que la situación procesal de Martín Pradenas Durr ha variado”.

En ese sentido, el fiscal agregó que “la prisión preventiva, en este caso particular, se dispuso en el entendido que la libertad del imputado constituye un riesgo para la seguridad de las víctimas, un riesgo para la seguridad de la sociedad y al mismo tiempo un riesgo para el resultado de la investigación. Todas las hipótesis, salvo el riesgo de fuga, están contempladas en la resolución que en su momento dictó la ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco”.

Finalmente, el juez Luis Olivares desestimó la petición de la defensa y mantuvo la cautelar para Pradenas, puesto que “el imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.

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