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Ley de Inclusión debuta este martes: 12 aspectos de la normativa que debe conocer

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Iniciativa que termina con el lucro, copago y selección, y que fue aprobada en enero 2015 en el Congreso, establece un proceso gradual para que los colegios se conviertan en gratuitos. 784 establecimientos que el año 2015 declaraban cobrar a las familias dejan de hacerlo este año. Cualquier plantel que cobre mensualidad a las familias, voluntariamente, puede decidir ser gratuito en el futuro.




Este martes 1 de marzo comienza a regir oficialmente la Ley de Inclusión Escolar que termina con el lucro, selección y copago.

El Mineduc publicó en su sitio web las 12 interrogantes que surgen en torno a la iniciativa, que fue aprobada en el Congreso en enero de 2015, y sus respectivas respuestas que todos los actores de la comunidad escolar deben conocer.

► 1.- ¿En qué consiste la Ley de Inclusión?, ¿en qué me beneficia?

– La Ley de Inclusión Escolar entrega las condiciones para que los niños y jóvenes que asisten a colegios que reciben subvención del Estado puedan recibir una educación de calidad.

• Permite que las familias tengan la posibilidad de elegir el establecimiento que más les guste sin que eso dependa de su capacidad económica. Ahora es el Estado quien aportará recursos para reemplazar gradualmente la mensualidad que pagan las familias.

• Elimina el lucro en los establecimientos que reciben aportes del Estado, lo que significa que todos los recursos públicos deben ser invertidos para mejorar la calidad de la educación que reciben nuestros niños, niñas, jóvenes y adultos.

• Termina con la selección arbitraria, lo que permitirá que los padres y apoderados puedan elegir con libertad el colegio y el proyecto educativo que prefieran para que sus hijas e hijos estudien.

► 2.- ¿Mi colegio recibirá más recursos para mejorar la educación que entrega?

– Sí. A partir del 1 de marzo de 2016 se incrementa la Subvención Escolar Preferencial (SEP) en un 20%. De este modo, los alumnos y alumnas de primero a sexto básico pasarán de recibir $39.363 a recibir $47.236 (aumento de $7.873), mientras que los alumnos y alumnas de séptimo a cuarto medio pasarán de recibir $26.235 a recibir $31.481 (aumento de $5.246).

Además, los colegios que estando en SEP son gratuitos podrán recibir la SEP para alumnos preferentes (SEP ampliada), cuyos valores serán de $23.618 para alumnos y alumnas de primero a sexto básico y de $15.741 para alumnos y alumnas de séptimo a cuarto medio.

Todos los establecimientos de educación especial y de adultos que sean sin fines de lucro, los establecimientos de administración delegada, y los establecimientos de educación general gratuitos que estén en SEP y sean sin fines de lucro recibirán también, a partir del 1 de marzo de 2016, el aporte por gratuidad que corresponderá a $5.809 por cada uno de sus alumnos.

► 3.- Si el colegio recibe recursos del Estado y ya no tengo que pagar, ¿eso significa que eso pasa a ser municipal?

– No. La Ley de Inclusión Escolar no convierte a los establecimientos en municipales. Los establecimientos particulares subvencionados seguirán funcionando como tal, al igual que los administrados por municipalidades y los colegios particulares pagados. Gracias a la Ley de Inclusión, año a año establecimientos que reciben subvención del Estado se irán sumando a la gratuidad y las familias ya no pagarán mensualidad.

► 4. – ¿Por qué los sostenedores que reciben recursos públicos deben pasar a ser sin fines de lucro?

– Para asegurar que todos los recursos que reciban por parte del Estado y de las familias se usen exclusivamente en el establecimiento educacional y en mejorar la calidad de la educación. Los establecimientos –que reciben recursos públicos– tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2017 para transformar su personalidad jurídica en sin fines de lucro.

► 5.- ¿A partir del 2016 el colegio donde estudia mi hijo pasará a ser gratuito?

– La Ley de Inclusión establece un proceso gradual para que los colegios se conviertan en gratuitos. 784 establecimientos que el año 2015 declaraban cobrar a las familias dejan de hacerlo este año 2016. No obstante, cualquier colegio que cobre mensualidad a las familias, voluntariamente, puede decidir ser gratuito en el futuro. El listado de colegios gratuitos está disponible en el “Buscador de Establecimientos Gratuitos 2016”:

http://www.mime.mineduc.cl/mvc/mime/portadaGratuidad

BENEFICIADOS EN EL PAÍS

► 6.- ¿Cuántos niños y jóvenes estudiarán gratis en 2016?

– 784 establecimientos que el año pasado cobraban a las familias dejarán de hacerlo este año, beneficiando a más de 240.000 estudiantes en el país. Esta cifra se suma a los más de 2.000.000 de estudiantes que ya cursaban su enseñanza de manera gratuita hasta el año pasado.

► 7.- ¿Dónde puedo saber qué colegios serán gratuitos?

– En la página web del Ministerio de Educación www.mineduc.cl hay disponible un “Buscador de Establecimientos Gratuitos 2016”. En él, las familias pueden buscar por región, comuna, los niveles de enseñanza que ofrece (parvularia, básica, media, especial) y el tipo de enseñanza (general o de adultos).

► 8.- ¿En qué consiste el fin a la selección?, ¿cuándo comienza?

– La ley establece que serán los padres y apoderados los que escogerán el proyecto educativo de sus hijos o pupilos. El fin de la selección se aplicará gradualmente, comenzando este año por la Región de Magallanes.

En esta zona, los niños y niñas podrán postular para el año 2017 a cualquier colegio que reciba aportes del Estado sin ser discriminados arbitrariamente y sin que les soliciten antecedentes económicos, sociales o escolares, ni rendir una prueba de selección.

Desde la vigencia de la ley, todo establecimiento educacional deberá regirse por el principio de no discriminación arbitraria.

TODOS LOS HIJOS DE UNA FAMILIA PODRÁN ESTUDIAR EN UN MISMO COLEGIO

► 9.- ¿Podrán estar todos mis hijos en un solo colegio?

– Sí, la Ley de Inclusión privilegia que todos los hijos de una familia estudien en un mismo colegio, tanto para facilitar la rutina de los padres como para que las familias puedan educar a sus hijos e hijas bajo un proyecto educativo común.

En los procesos de admisión tendrán preferencia los hermanos de alumnos y alumnas que ya estudian en el establecimiento y los hijos e hijas de los trabajadores de los colegios.

► 10.- Mis hijos que ya están matriculados en un colegio, ¿tendrán que postular el próximo año? ¿Podrían perder la matrícula?

– No, todos los que están estudiando en un establecimiento seguirán en él. No hay pérdida de matrícula ni proceso de renovación para los estudiantes que ya están cursando sus estudios en un colegio.

► 11.- A partir del 2016, ¿ya no podrán expulsar a un estudiante arbitrariamente?

– Nunca se ha podido expulsar a un alumno arbitrariamente. La Ley de Inclusión Escolar establece un procedimiento que garantiza al estudiante sus derechos, y al establecimiento sus deberes.

Los estudiantes sólo pueden ser expulsados de su establecimiento cuando su comportamiento afecte gravemente la convivencia escolar y la causal esté claramente descrita en el reglamento interno. Igualmente, esta decisión sólo puede ser adoptada por el director del establecimiento una vez que se hayan implementado medidas de apoyo pedagógico o psicosociales establecidas en el mismo reglamento.

► 12.- ¿Y qué pasa con la calidad?

– Toda la reforma educacional apunta a mejorar la calidad de la educación. Los recursos que aporta la Ley de Inclusión Escolar están asociados a la existencia de Proyectos de Mejoramiento Educativo (PME). El que los establecimientos sean sin fines de lucro busca que el único objetivo de quienes están comprometidos en la educación sea la educación misma. El fin del copago y de la selección permite que haya igualdad en el ejercicio de los derechos y comunidades más inclusivas y participativas. Los profesores tendrán más horas para preparar clases y atender a los alumnos y mejores remuneraciones.


SECCIÓN: País
AUTOR: Patricia Schüller G.
FUENTE: La Nación
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