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Operación “Huracán”: Tribunal se declara incompetente y traspasa vista del caso

El tribunal acogió la solicitud de incompetencia relativa planteada por la defensa de los imputados Gonzalo Blu, Patricio Marín, Leonardo Osses, Marcelo Teuber, Cristián Pérez, Darwin Vásquez, Marvin Marín, Manuel Riquelme, Manuel Cavieres, Marcos Sanhueza y Álex Smith, y ordenó remitir los antecedentes al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
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El Juzgado de Garantía de Temuco se declaró incompetente para continuar tramitando la causa seguida en contra de 10 oficiales y suboficiales de Carabineros y de un civil, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de asociación ilícita, obstrucción a la investigación, falsificación de instrumento público, infidelidad en la custodia de documentos, violación de secretos, sabotaje informático y denuncia calumniosa, entre otros, en el denominado “caso Huracán”.

El tribunal acogió la solicitud de incompetencia relativa planteada por la defensa de los imputados Gonzalo Blu, Patricio Marín, Leonardo Osses, Marcelo Teuber, Cristián Pérez, Darwin Vásquez, Marvin Marín, Manuel Riquelme, Manuel Cavieres, Marcos Sanhueza y Álex Smith, y ordenó remitir los antecedentes al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.

“En el primer delito, la cronología lo sitúa desde enero del año 2017, y que en definitiva los hechos objetivos de esta asociación estaría dirigida por don Gonzalo Blu y que es una organización jerárquica dirigida específicamente desde la ciudad de Santiago, y que esto se repetiría en otros párrafos y después habían otros hechos concretos que se realizarían en Temuco, pero lo importante aquí es la jerarquía y el desdoblamiento que se produce de la función institucional, y esto siempre tiene su origen en Santiago”, detalló la resolución.

“Entendiendo que hay una comunicación, hay instrumento y distribución de tareas establecidas, y que el ejercicio del mando se produjo por el señor Blu desde Santiago, que la liberación de documentos se produce desde Santiago y que son utilizados en la ciudad de Temuco, para poder ver y analizar la asociación ilícita considera que los hechos que dan lugar al principio de ejecución son ocurridos en la ciudad de Santiago, ya sea por la jerarquía o por los primeros actos y por no encontrar en la descripción la forma o un correo que diga relación con actividades ocultas o ilícitas”, agregó el documento.

En la audiencia, el tribunal no se pronunció respecto de la exclusión de los querellantes Ministerio del Interior y Consejo de Defensa del Estado, solicitada por las defensas.

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