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Piden sustituir cárcel de machi Córdova por arresto domiciliario durante 6 meses

La acción judicial, presentada ante la Corte de Apelaciones de Temuco, se sustenta en el artículo 21 de la Constitución Política, la Convención Americana sobre Derechos Humano, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 10 del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.
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El defensor regional de La Araucanía, Renato González, presentó un recurso de amparo en favor del machi Celestino Córdova, solicitando sustituir el cumplimiento efectivo de su condena por arresto domiciliario total en su rewe por el lapso de seis meses a contar de la fecha de la sustitución.

“La petición se fundamenta en la necesidad del proceso de reinserción, porque en su rewe está la fuerza espiritual que le permitirá que pueda levantarse como machi y cumplir el rol de orientación, sanación física y espiritual para las familias de su territorio. En otras palabras, no es sino respetar la cosmovisión pueblo mapuche”, aseguró González.

La acción judicial, presentada ante la Corte de Apelaciones de Temuco, se sustenta en el artículo 21 de la Constitución Política, la Convención Americana sobre Derechos Humano, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 10 del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.

El rewe de Celestino Córdova está ubicado en Lleupeco Tres Cerros, comuna de Padre Las Casas, donde el 28 de julio de 2018 fue trasladado con autorización de Gendarmería a una ceremonia de renovación en medio de una huelga de hambre.

PERITAJE ANTROPOLÓGICO

Según lo expuesto en el amparo, la decisión de sustituir temporalmente la penal del machi Córdova debe considerar ciertos elementos culturales que inciden en su proceso de reinserción social, atendidas sus características sociales y culturales.

Es decir, ponderar si las condiciones en las cuales ha estado privado de libertad le han entregado y entregarán un ambiente propicio y saludable para la reinserción, de acuerdo con las características especiales del amparado.

A través de la realización de un peritaje antropológico, la defensa del machi manifestó que, desde el punto de vista de la interculturalidad, la reinserción social para un machi es diferente que para una persona común, porque se debe en gran parte al mundo espiritual y a las fuerzas sobrenaturales que lo embisten como tal.

“En cuanto a las herramientas que permitan propender a avances en un proceso de reinserción, éstas no son suficientes, por cuanto no se ajustan a las necesidades específicas que las personas pertenecientes al pueblo mapuche o a cualquier otro pueblo originario tienen”, agrega el escrito.

Celestino Córdova cumple condena de 18 años de presidio, como autor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González, ilícito perpetrado en el fundo granja Lumahue, de la comuna de Vilcún, el 4 de enero de 2013.

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