COMISIÓN DE SALUD DEL SENADO ANALIZARÁ LA NORMATIVA VIGENTE
Para el ministro de Salud, Pedro García, que algunas instituciones pidan el test de Elisa, es derechamente una ilegalidad. Sin embargo, la Superintendencia de Bancos culpó a las compañías aseguradoras de pedir este tipo de información.
Un duro cuestionamiento a las instituciones financieras que exigen como requisito, exámenes de VIH a los clientes que solicitan créditos superiores a los 20 millones de pesos, realizaron ayer diversas autoridades tanto sanitarias como políticas.
El tema que dejó al descubierto La Nación, revela los problemas que han tenido algunas personas no sólo en el Banco Santander Santiago de Punta Arenas, sino que también en otras entidades como el BCI, Banco de Chile y Corpbanca, según denunció Vivo Positivo. Para el ministro de Salud, Pedro García, exigir el test de Elisa que detecta el VIH, es derechamente una ilegalidad. “Hay que recordar que la ley del sida establece la privacidad de esta prueba, pero además ningún portador de esta enfermedad, bajo ninguna circunstancia, pueden ser objeto de discriminación”, dijo.
La normativa promulgada en 2001, establece que nadie puede exigir a una persona que se someta al examen, mientras que dicho resultado es una información que no puede ser revelada ni conocida por ninguna otra.
Por esta razón, el secretario de Estado llamó a las personas afectadas a presentar los antecedentes ante la Comisión Nacional del Sida (Conasida) o ante los tribunales para ser investigados.
En tanto, el senador PS y miembro titular de la Comisión de Salud, José Antonio Viera- Gallo, indicó que esta instancia analizará el tema ya que la legislación vigente sólo hace alusión a la privacidad del test de Elisa y la prohibición de discriminar a las personas con sida, en materia educacional y laboral.
“Lo más probable es que las compañías aseguradoras hagan un cálculo del período de sobrevida de las personas previo a conceder los créditos, es decir estamos frente a un cálculo económico”, advirtió Viera-Gallo.
Sin responsabilidad
Tal como se esperaba, las entidades involucradas en el tema no quisieron asumir responsabilidades.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras aclaró a través de un comunicado de prensa, que para evitar algún tipo de riesgo a la hora de estudiar y analizar a sus clientes, pueden solicitar la contratación de seguros de vida especiales, conocidos como de “desgravamen”, que tienen por objeto pagar el saldo de crédito al banco, en caso de fallecimiento del deudor.
“Las condiciones para el otorgamiento de estos seguros son establecidas por las compañías de seguros de vida que los otorgan, las que en algunos casos exigen exámenes de salud, en cumplimiento de la normativa que las regula”, especifica la Superintendencia.
De hecho, el artículo 573 del Código de Comercio, indica que la póliza debe expresar el estado de salud de la persona cuya vida se asegura.
El comunicado agrega además que “el papel que cumplen los bancos en esta materia es servir de conexión entre los clientes y la corredora o compañía de seguros y se limita a recolectar los antecedentes solicitados por estas últimas”.
Sin embargo, sabido es que muchos de los bancos denunciados poseen, como parte del holding, sus propias corredoras de seguros, según constató el reportaje de Sociedad de La Nación.
Por su parte, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informó que en los próximos días se reunirá con el Ministerio de Salud y las aseguradoras para analizar el tema en conjunto, mientras que las compañías aseguradoras guardaron silencio.