
Martes 20 de diciembre de 2005
La posibilidad de crear un espacio marítimo costero de los pueblos originarios, en la zona comprendida entre la Octava y la Décima regiones, debatirá la Comisión de Medioambiente y Bienes Nacionales, que se encuentra en condiciones de iniciar el debate del proyecto en segundo trámite que reconoce el uso ancestral que las comunidades lafquenches han venido haciendo del borde costero en las mencionadas zonas.
El proyecto pretende crear una figura administrativa denominada "Espacio Marino Costero de los Pueblos Originarios", considerando el uso de recursos naturales para la subsistencia de las comunidades originarias dentro del marco jurídico.
Las actuales normas sobre concesiones marítimas no contemplan figuras jurídicas que reconozcan de un modo específico el derecho de estas comunidades costeras a los espacios que han utilizado consuetudinariamente.
La Ley General de Pesca y Acuicultura, con una visión conservacionista de los recursos hidrobiológicos, protege los espacios marinos, como es el caso de los parques y reservas marinas, prohibiendo la explotación, limitándola o permitiéndola en forma transitoria, excluyendo la posibilidad de que sea traspasada a particulares.
No obstante, la ley creó las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos que son entregadas a organizaciones de pescadores artesanales, sujetas a planes de manejo. Con esta modalidad se ha logrado una correcta utilización y administración de dichos recursos, logrando fortalecer las capacidades organizacionales de la pesca artesanal, pero no ha contemplado la situación de aquellas comunidades que han utilizado el borde costero desde una amplia perspectiva cultural, económica y religiosa, como es el caso de los lafquenches.
El proyecto
La Política del Nuevo Trato hacia los Pueblos Indígenas establece, como una de las medidas de reparación, que se hará un esfuerzo particular con el objeto de reconocer al pueblo lafquenche los derechos ancestrales al uso y explotación del borde costero.
Con este fin, representantes de las comunidades mapuches lafquenches iniciaron conversaciones con las autoridades competentes a fin de que fueran reconocidos como tales.
Dentro de los principales acuerdos alcanzados, está la generación de una cuarta categoría de espacio marítimo, basado en el reconocimiento al uso ancestral de las comunidades indígenas, denominado "espacio marítimo costero", con carácter delimitado, cuya administración será entregada a las asociaciones de comunidades indígenas, cuyos integrantes han ejercido el uso consuetudinario de dicho espacio.
La administración del mismo, deberá asegurar la conservación de estos recursos conforme a un plan de administración aprobado por la autoridad competente.
El espacio costero marítimo de pueblos originarios, deberá comprender una porción de agua y fondo, playa y terrenos de playa fiscales, que han utilizado las comunidades indígenas ancestralmente.
La delimitación del espacio queda circunscrita al uso consuetudinario que se invoque para solicitar la declaración y al uso que se pretende dar a dicho espacio por parte de la asociación de comunidades, pudiéndose comprender usos de diversa naturaleza, así como las áreas de resguardo de los recursos incluidos en el espacio costero marino de pueblos originarios.