Por fallo de juez Montiglio en caso Caravana de la Muerte
Los parlamentarios presentarán un proyecto de ley que intentará derogar, por primera vez, el decreto ley vigente desde 1978. Pedirán al Gobierno que le dé carácter de urgencia a su tramitación.
La decisión del ministro de fuero Víctor Montiglio de beneficiar a cuatro ex oficiales del Ejército con la aplicación de la Ley de Amnistía, abrió dos caminos para que sus detractores intenten revertir el fallo: uno judicial y otro legislativo.
Los abogados querellantes del caso Caravana de la Muerte anunciaron que presentarán en los próximos días un recurso para que la Corte de Apelaciones anule la resolución del magistrado, en lo que se refiere al episodio de la comitiva militar que aceleró y sentenció el fusilamiento de tres prisioneros políticos detenidos en Arica, en octubre de 1973.
Así, al menos, han coincidido los abogados Carmen Hertz y Hugo Gutiérrez, quienes han cuestionado con dureza el hecho de que Montiglio haya pasado por alto la legislación internacional sobre los delitos de lesa humanidad y los fallos anteriores de la Corte Suprema, donde la amnistía ha quedado sin aplicación.
Cinco diputados concertacionistas anunciarán hoy la presentación de un proyecto de ley para derogar el decreto Ley de Amnistía de 1978. La iniciativa, estará patrocinada por los socialistas Juan Bustos, Sergio Aguiló y Marco Enríquez-Ominami; Gabriel Ascencio, DC, y por el PPD Tucapel Jiménez
Desde el retorno a la democracia, esta es la primera iniciativa que busca derogar la polémica medida, impuesta por la dictadura para dejar sin posibilidad de sanción las violaciones de los derechos humanos cometidas desde septiembre de 1973 hasta 1978.
Los legisladores fundamentarán su idea en que la Ley de Amnistía es “inconstitucional”. Por ello también pedirán al Gobierno que respalde la moción solicitando que se le dé trámite de urgencia.
En este mismo sentido, el presidente de la Cámara de Diputados, Antonio Leal (PPD), solicitó ayer al Gobierno que también le dé carácter de urgencia al proyecto de ley que establece la imprescriptibilidad e inamnistiabilidad de los crímenes de lesa humanidad. Leal, abogado de la causa y familiares de las víctimas se entrevistaron el jueves con el ministro del Interior, Andrés Zaldívar, quien se comprometió a plantear el tema en el comité político que se reúne hoy, en el Palacio de La Moneda.
Leal coincidió con los parlamentarios en que el juez Montiglio desconoce los tratados internacionales vigentes en Chile e incurre en un grave error jurídico al establecer que en Chile no hubo un estado de guerra. Recordó que ante la ONU “la argumentación dada por los representantes del régimen militar para mantener presos y campos de detención fue siempre el que en Chile había un estado de guerra y por ello el magistrado recurre a una simple ficción para establecer la amnistía y con ello la impunidad en los crímenes de la Caravana de la Muerte de Arica”.
PARTIDO COMUNISTA
El Partido Comunista calificó ayer de “ilegal” e “inmoral”, el fallo del ministro Montiglio. El presidente la colectividad, Guillermo Teillier, junto con la abogada Julia Urquieta, rechazaron la resolución enfatizando que ésta viola por completo los tratados internacionales, ratificados por Chile, que declaran como imprescriptibles e inamnistiables los crímenes de lesa humanidad. Sostuvieron que más allá de lo que suceda en la Corte de Apelaciones de Santiago o la Corte Suprema, demuestra que los gobiernos de la Concertación “no han cumplido el compromiso asumido en 1989 de anular la Ley de Amnistía”
Implicancias
El juez Montiglio acreditó que el general (R) Sergio Arellano Stark no tuvo participación en los homicidios de Óscar Ripoll, Julio Valenzuela y Manuel Donoso, cuando era el delegado de Pinochet en la comitiva militar que recorrió Chile acelerando los juicios sumarios.
Lo mismo resolvió respecto al entonces jefe del Regimiento Rancagua de Arica, general (R) Odlanier Mena, quien ordenó las muertes y las hizo aparecer como un accidente de tránsito, con la ayuda de los suboficiales Luis Carrera y René Bravo.
Los abogados el caso ya habían previsto el curso del proceso. Esto, porque el 17 de marzo pasado, Montiglio cambió la figura de los procesamientos de los cuatro ex uniformados de secuestro por la de homicidio. En los hechos, para los querellantes la decisión implicó que Montiglio aplicaría la prescripción y la enmarcaría dentro del plazo que establece la amnistía de 1978.
El magistrado estimó que en Chile no se vivió una guerra contra un adversario externo ni interno. Por el contrario, Montiglio reconoció que “los hechos delictuosos se produjeron en circunstancias que el país se encontraba en una situación de tensión grave, que originó que el Estado declarara el estado de sitio y utilizara las Fuerzas Armadas para mantener el nuevo orden, con la consiguiente suspensión de las garantías judiciales fundamentales”. LN