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Domingo 4 de junio de 2006

Acoso contra el trabajador, un tema pendiente en la justicia laboral
El jefe me tiene mala

El “sicoterror” en la pega es una realidad con la que muchos trabajadores chilenos deben convivir a diario. Actualmente no existe una legislación específica sobre el tema, lo que permite que los acosos queden impunes.



Nación Domingo

Por Andrés López Vergara

¡Fernández, acaso no sabe hacer su trabajo! ¡Se nota que yo no lo contraté, porque no sirve para nada!”. A no pocos trabajadores chilenos les ha tocado ocupar el lugar de este ficticio personaje y haber sido víctima de este tipo de violencia verbal o sicológica de parte de su jefe directo o empleador.

Muchas veces, el desagradable impasse no cobra mayores proporciones y el vilipendiado empleado continúa su vida laboral sólo con el orgullo herido. Sin embargo, no pocas veces la sistemática agresión que sufren algunos trabajadores de parte de sus superiores les provoca temor, resentimiento, inseguridad que desencadena una depresión y finalmente en la renuncia o el despido de su trabajo. Este fenómeno se llama acoso laboral o “mobbing”, y parece haber llegado para quedarse.

A pesar de que esta práctica se ha extendido peligrosamente, tanto por el sector público como privado de nuestro país, aún no existe una legislación que ponga límites a este tipo de abusos y penalice a los acosadores por los daños que provocan a sus víctimas.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso laboral o “mobbing” como “cualquier incidente en el cual una persona es abusada o maltratada en circunstancias relacionadas con su trabajo. Estos comportamientos pueden ser originados por jefes, compañeros de trabajo y en cualquier nivel de organización”.

En el Viejo Continente, el “mobbing” ha estado muy presente en las discusiones sobre justicia laboral. Ya en el 2001, el Parlamento Europeo recomendó la redacción de un estudio en profundidad sobre el fenómeno. El documento “Prevención del acoso y de la violencia en el lugar de trabajo”, elaborado por la Fundación Dublín, arrojó que el 7% de los trabajadores de la UE están conscientes y han percibido que existe la violencia en el trabajo, y el 2% declara haber sido víctima de ella. Las mujeres son las más vulnerables a este tipo de abusos.

Según Guillermo Pérez, especialista en normas internacionales del trabajo y relaciones laborales de la OIT, alrededor de unos 16 millones de europeos han sido afectados en distintos grados por el “sicoterror” laboral. “Bélgica, Finlandia, Francia, Holanda y Suecia han implantado nuevas normativas legales para luchar contra este flagelo. En España, este problema salió a la luz pública hace poco tiempo y ya hay 2,3 millones de trabajadores que se dicen afectados”, dice Pérez.

UN TEMA PENDIENTE

Nuestro amigo Fernández está intranquilo. Los gritos de su superior son cosa de cada día y ya le afecta su salud mental. En sus horas de insomnio intenta idear una defensa o piensa en cómo denunciar su situación, pero siempre concluye que es muy difícil demostrar ante la justicia que es una víctima del “mobbing”.

En un afán por corregir este vacío legal, la diputada del Partido por la Democracia (PPD) Ximena Vidal, junto a otros parlamentarios, presentó en el 2004 un proyecto de ley que identifica y castiga estas prácticas. Sin embargo, la iniciativa se encuentra estancada y se espera que ingrese a discusión durante este año.

El artículo 183 bis del proyecto identifica el acoso laboral como “la situación en que el empleador, o uno o más trabajadores, ejerce o manifiesta por hechos o dichos una particular forma de violencia sicológica de carácter extremo, premeditadamente o no, con regularidad sistemática y durante un tiempo prolongado sobre otro trabajador, con el fin de provocar menoscabo material y personal”.

La víctima debe presentar su denuncia a la Inspección del Trabajo en un plazo de 60 días hábiles desde el último acto que constituyó la falta. En el caso que el acoso sea comprobado, será castigado con una multa de beneficio fiscal de 10 a 50 UTM.

“Si se comprueba el acoso se entenderá como un incumplimiento grave a las obligaciones que pone el contrato, por lo cual el afectado podrá ejercer el derecho de autodespido y gozar de los beneficios que trae éste”, señaló la diputada.

Joaquín Cabrera, jefe de estudios de la Dirección del Trabajo, dice que a pesar de que no exista una ley específica, el Código del Trabajo tiene los elementos necesarios para defenderse. “El primer artículo determina los límites de las facultades que tiene el administrador con sus empleados, y el segundo señala que es obligación de éstos preservar la vida y salud de sus trabajadores”.

El profesional menciona que ya se ha legislado sobre otros temas referentes al acoso, como por ejemplo la ley contra prácticas antisindicales y la normativa que sanciona el acoso sexual dentro de la empresa.

“Los trabajadores podrán recurrir a tres vías para combatir los abusos: acudir a su sindicato, presentar en la Inspección del Trabajo una denuncia por irregularidades administrativas y, finalmente, evocar los derechos constitucionales e interponer un recurso de protección en contra del acosador”, señala Cabrera.

HITO JUDICIAL

Un caso emblemático en la justicia laboral sobre este tipo de situaciones es el vivido por el subdirector del Instituto de Neurocirugía, doctor Pedro Aros. En abril pasado, el neurocirujano fue reincorporado a sus funciones luego que la Corte Suprema acogiera el recurso de protección que interpuso para denunciar los acosos sufridos en su ámbito de trabajo. La resolución del máximo tribunal marcó un hito judicial, debido a que por primera vez el Tribunal Supremo ratificó que se cometió acoso laboral.

Aros declara que el origen de los problemas que tuvo con el director del instituto, y ex rector de la Universidad de Chile, doctor Jaime Lavados, se radicó en las diferentes visiones que ambos tenían respecto a una serie de medidas y actividades que se realizaban en la institución. “La prensa hizo ver que mi situación se originó por apoyar las movilizaciones de algunos trabajadores, pero en realidad el problema surge un año antes cuando le hice ver al director mi punto de vista sobre algunos temas”.

Aros comenta que tras la huelga fue llamado a la oficina de Lavados y se le hizo firmar un documento que lo obligaba a depender de la dirección del Servicio de Salud Oriente. “Cuando llegué al Hospital Pedro Aguirre Cerda no tenía oficina ni nada con que trabajar. El director de aquel hospital me pasó un pequeño recinto con un computador y las cosas mínimas. En ese instante fue la primera vez que me sentí que era exiliado de mi entorno, lo que me provocó mucha angustia y desilusión”.

El médico denunció la situación a la Contraloría, la cual ordenó que fuera reintegrado a su lugar de trabajo original. Sin embargo, alcanzó a estar sólo algunas horas en su antiguo escritorio, porque nuevamente fue trasladado, pero esta vez al Servicio de Salud Occidente. “En muchas ocasiones solicitaba información al instituto para cumplir con ciertas tareas que me encomendaron, pero nunca me llegaban las respuestas. Hasta que me di cuenta de que no existía ningún ánimo de que se llevaran a cabo las labores que me habían pedido. El objetivo sólo era relegarme a esa oficina”.

Esa situación provocó en el médico pérdida de peso, insomnio y depresión, que debió tratarse con fármacos. El estrés sufrido por Aros por los constantes acosos repercutió en toda su familia. “La gota que rebasó el vaso fue que me abrieron un sumario por haber transgredido una regla que no aparece en ningún estatuto administrativo. En ese instante decidí acudir a la justicia para que me protegiera del acoso que estaba sufriendo”. Finalmente, la Corte Suprema y la Contraloría le dieron la razón y ordenaron que Aros fuese reintegrado a su cargo como subdirector.

PROBLEMAS CULTURALES

Sin embargo, aún hay pocos trabajadores como el doctor Aros, dispuestos a acudir a los tribunales para pedir justicia. A pesar de los daños sicológicos de nuestro sufrido Fernández es muy difícil que éste se anime a denunciar los abusos del cascarrabias de su jefe. La mayoría de sus compañeros y quizás hasta el mismo creen que estas son situaciones normales dentro de cualquier ambiente laboral y no les queda más que morderse los labios y aguantar.

Joaquín Cabrera indica que el tema del “mobbing” aún no ha sido regulado debido a múltiples factores culturales que hacen ver estos abusos como algo inherente a la pega. “Nuestra cultura no visibiliza el tema de los malos tratos como un mal que se debe combatir. Siento que existe una extrema valoración de la sumisión y la obediencia como parte de los atributos del buen trabajador. En ese sentido, muchas veces el empleado entiende que su jefe está facultado para incidir negativamente sobre él”.

Cabrera pone como ejemplo la situación del acoso sexual en Chile, tema sobre el cual no existía una ley específica que protegiera la integridad de trabajadores y trabajadoras hasta que fue normado recién en 2004. Antes que entrara en vigencia la normativa, sólo existía una lógica casi criminal para asumir esos casos y únicamente se podía acusar al hostigador por delitos contra la honra y la integridad física. “El año pasado hubo 264 denuncias y este año ya van 99. O sea, cuando la ley se implementó se comenzó a develar poco a poco un tema oculto, casi un tabú para la gente. A medida que se legisla sobres estos temas, los trabajadores van a denunciar los abusos”. LND













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