
Martes 29 de agosto de 2006
Nada parece detener el cierre de las pesadas puertas metálicas de las celdas donde cuatro de los jerarcas más importantes de la ex Colonia Dignidad deberán pasar algunos años por los delitos que se han logrado acreditar. Ayer, recibieron la condena por el poderoso arsenal de guerra que acumularon y mantuvieron desde 1972.
El ministro de fuero Jorge Zepeda le impuso siete años de prisión efectiva al líder del enclave alemán Paúl Schäfer Schneider. Con cinco años y un día fueron sentenciados los colaboradores Karl Johann Van Den Berg Schuurmann y Kurt Herbert Schnellenkamp Nelaimischkies.
Todos ellos fueron considerados autores de infracción a la Ley de Control de amas y Explosivos, tras descubrirse en junio y agosto del año pasado, en dos lugares de propiedad de la Villa Baviera, material bélico ocultos y en dos barretines.
Por su parte, el doctor Harmut Hopp Miottel, quien figurara como principal jerarca de la ex colonia, mientras Schäfer estuvo prófugo en Argentina, fue condenado a 541 de libertad vigilada, como encubridor de los delitos cometidos por los otros tres alemanes.
Así termina la operación "Jeremías 33.3", una investigación paralela a las causas por violaciones a los derechos humanos que indagó Zepeda. Los testimonios de personas fugadas de Villa Baviera, de algunos de los mismos colonos y los propios inculpados, dieron cuenta de la existencia de numeroso armamento, que se comenzó a acumular desde principios de la década de 1970, al interior del enclave alemán.
La operación, a cargo de la Policía de Investigaciones, consistió en la "búsqueda, identificación y destrucción de artefactos explosivos, sustancias químicas, armamento y accesorios ocultos en el interior del fundo denominado 'El Litral', ubicado en la localidad de Bulnes", VIII Región.
La resolución dictada ayer por el juez da cuenta de una serie de antecedentes desconocidos que dejaron al descubierto la minuciosa organización con que se compraron, produjeron y mantuvieron las armas.
Lo único que quedó fuera de este oscuro capítulo fue la eventual venta de armas, hecho que hasta ahora se continúa investigando.
Armamento
El texto del fallo (de 76 páginas), consigna que todo el armamento (ver dato) encontrado "son constitutivos de material de uso bélico, pues se trata de armas automáticas, livianas y semiautomáticas, lanza proyectiles, granadas, material explosivo, elementos químicos y proyectiles en general, las que, por su potencia, tenían un gran poder destructor y efectividad; material que, en una parte, impresiona el haber sido construido para ser utilizado en algún conflicto de guerra por fuerzas armadas, como medio de combate, o posibles de ser utilizados en cualquier otra forma, por ejemplo, por medio de sorpresa, como es el caso de las armas de fantasías, tales como lápices, bastones, y cámara fotográfica, ya que, aparecen fabricados o acondicionados especialmente para tales múltiples finalidades".
El derecho
Más allá de la propia ley con que Zepeda condena a los alemanes, en su fallo rechaza aplicar cualquier beneficio como atenuantes, ley de amnistía o prescripción de los delitos, debido a que considera que el arsenal y la capacidad para construir armas "pone en evidencia la naturaleza dinámica de las acciones, y hace fácil entender la calificación que se permite la ley de darles el trato de Delitos Contra la Seguridad del Estado".
Consigna además que el material bélico "impresiona el haber sido construido para ser utilizado en algún conflicto de guerra por fuerzas armadas, como medio de combate, o posibles de ser utilizados en cualquier otra forma". LN