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Sábado 14 de octubre de 2006

La familia de Luis Almonacid (en la imagen) recurrió a la CIDH, luego que su caso fuera amnistiado por la justicia chilena.
- AFDD: Condena al Estado chileno es "histórica"
Corte Interamericana condena vigencia de Ley de Amnistía en Chile

Dictamen de la CIDH sentencia que la Amnistía chilena "es incompatible y carece de efectos jurídicos”, al resolver recurso presentado contra el Estado por la familia del dirigente comunista del magisterio, Luis Alfredo Almonacid, ejecutado por Carabineros en Rancagua en 1973.



lanacion.cl/Agencias

Una dura condena a la vigencia de la Ley de Amnistía emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), luego de revisar el caso del dirigente del magisterio y militante comunista, Luis Almonacid Arellano, detenido en Rancagua el 16 de septiembre de 1973 y fusilado en la puerta de su casa por personal de Carabineros.

Como en este caso la justicia chilena aplicó la Ley de Amnistía y cerró la investigación, la familia del profesor recurrió al organismo internacional que vio por primera vez el asunto en marzo de este año, para ahora emitir una orden de investigar el caso y una condena contra Chile por incumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Tratado de San José de Costa Rica, al avalar dentro del ordenamiento jurídico el Decreto Ley 2.191 dictado en 1978, durante la dictadura de Augusto Pinochet.

La CIDH sostiene que la vigencia de la Ley de Amnistía "es incompatible y carece de efectos jurídicos", condenando así a nuestro país, dado que la justicia militar y la Corte Suprema sobreseyeron el proceso.

La condena obliga al Estado chileno a que la aludida reglamentación no sea un obstáculo para investigar lo ocurrido y para que se castigue a los responsables del crimen de Luis Almonacid Arellano.

Asimismo, se sentencia al Fisco al pago de las costas del juicio y que el dictamen sea publicado en el Diario Oficial.

En el escrito, la Comisión solicitó a la Corte que declare que el Estado es responsable por la violación de los derechos consagrados en los artículos octavo de Garantías Judiciales y 25 de Protección Judicial, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en conexión con el artículo 1.1 sobre Obligación de Respetar los Derechos, y el artículo 2 sobre el Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno.

La presentación ante el organismo internacional que determinó la condena a la amnistía chilena, fue encabezada por la viuda de Almonacid Arellano, Elvira Gómez Olivares, quien busca la reapertura de la investigación del caso y establecer sanciones para los responsables.













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