
Martes 2 de octubre de 2007
Por 40 votos a favor, 15 en contra y 13 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones hechas por el Senado al texto que crea el Administrador Provisional del plan de transporte urbano de la capital, quedando en condiciones de ser promulgado como ley.
La iniciativa faculta al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para caducar las concesiones en las situaciones que señalen las Bases de Licitación. En tales casos, la autoridad procederá a nombrar un administrador provisional de entre las personas naturales que estén inscritas en un registro que llevará el Ministerio, de manera de asegurar la continuidad de los servicios de transporte.
El administrador tendrá las facultades necesarias para velar por el cumplimiento del contrato de la concesión y, especialmente, aquellas correspondientes al giro ordinario de la empresa cuya concesión se haya caducado. El Administrador Provisional responderá hasta de culpa leve en el ejercicio de sus funciones.
La futura ley dispone que, dentro de un plazo máximo de 18 meses contados desde la declaración de caducidad de la concesión, el Ministerio deberá designar un nuevo concesionario. Para ello llamará a una nueva licitación pública o, considerando las situaciones excepcionales que se contemplan, efectuará una contratación directa.
La remuneración del administrador la fijará el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y la pagará la empresa caducada con cargo a sus ingresos, no pudiendo exceder en un 50% al sueldo promedio que recibe un gerente general de esta industria.
El Ministerio tendrá la obligación de garantizar la continuidad de los servicios, e incluso podrá requerir el uso de la fuerza pública para obtener el cumplimiento de las atribuciones, órdenes, instrucciones y resoluciones que tome el administrador provisional.