
Lunes 12 de noviembre de 2007
Deberes y Derechos
En el tema de la selección el debate partió con la idea de establecer procesos regulados en la Ley de Subvenciones desde prekinder hasta 6º básico. La Alianza se oponía a todo tipo de selección. La Concertación y el Gobierno querían ampliar la medida hasta 8º básico. Finalmente ambos cedieron: la regulación ya no sería sólo para los subvencionados sino para todo tipo de establecimientos, pero sólo hasta 6º básico no se podrá utilizar como criterio de selección el rendimiento pasado, presente o potencial del alumno.
En el punto de no discriminación se establece la protección a las embarazadas en todo tipo de establecimiento; que el rendimiento escolar no sea causal de cancelación de matrícula hasta 6º básico, así como tampoco en todo el ciclo básico y medio, en el caso de repitencia. Y se definen deberes y derechos para los alumnos, padres y apoderados; docentes; asistentes de la educación, equipos directivos y sostenedores.
Cambios en el currículum
La estructura curricular existente -de ocho años de educación básica y cuatro en la media - cambiará por una nueva: con seis años de básica, cuatro de secundaria y dos de "secundaria terminal diferenciada".Respecto de los objetivos curriculares la discusión partió con la definición de los contenidos mínimos y fundamentales, así como de la separación entre objetivos generales y requisitos de egresos en la básica y la media. Finalmente se llegó a la definición de bases curriculares referidas a aprendizaje y que haya sólo un tipo de objetivo. Se dejó fuera la noción de contenidos mínimos.
Se definen nuevo objetivos generales de egreso para básica y media para todos los niveles, incluida la educación parvularia. Y en objetivos específicos, por primera vez se incorporan los referidos a la lengua materna indígena.
Además, se establece que será el Ministerio de Educación el que apruebe los planes y programas elaborados por los colegios, en circunstancias que hasta ahora existía una suerte de silencio administrativo. Un punto en que la Alianza debió ceder.
Aseguramiento de la calidad
Se definen componentes del sistema de aseguramiento de la calidad como las normas de operación, los estándares de aprendizaje y el desempeño de los establecimientos, las evaluaciones de los mismos, los sistemas de información pública, la evaluación de impacto de las políticas, el aseguramiento equitativo de los recursos, la fiscalización, la inspección y apoyo y la rendición de cuentas y consecuencias.Los estándares de desempeño se aplicarán a los establecimientos y los sostenedores y sobre esa base se evaluará la calidad. Nada de esto existe en la actualidad.
Se crea la Superintendencia de Educación que exigirá rendición de cuentas a los subvencionados, en una especia de FECU anual (algo así como el estado de cuentas de las empresas) y aplicará sanciones equivalentes a la gravedad y reiteración de las faltas.
Se crea además una Agencia de Calidad que actuará en vez del Ministerio y el Consejo Superior de Educación. La Superintendencia y la Agencia de Calidad serán descentralizadas y autónomas.
El Ministerio de Educación asume rol de apoyo a los establecimientos y llevará el registro de agencias para este efecto. También seleccionará al administrador provisional que intervendrá cuando un establecimiento caiga en reiterados incumplimientos de los estándares de aprendizaje. Ninguna de estas definiciones existe actualmente.
Gestión escolar: autonomía y lucro
Sobre los establecimientos, las conversaciones partieron de la idea de una gran autonomía para los colegios sólo regulada por el cumplimiento de normas mínimas de operación y por las nacionales que actúan sobre el sistema. Finalmente se acordó que la autonomía es para el proyecto educativo del establecimiento, el cual debe corresponderse con sus logros de aprendizaje, de tal manera que a mejores logros haya más autonomía.Respecto del reconocimiento de los establecimientos, se calificó en principio como una tarea poco regulada del Ministerio de Educación y se estableció una mayor regulación a partir de que la Superintendencia será la encargada de solicitar la revocación y establecer mayores exigencias para los colegios como la existencia de personalidad jurídica, con giro exclusivo para educación y con la obligación de destinar todos los recursos al proceso educativo (restriciones al lucro o "ganancia justa").
Consejo nacional de educación
Se modifica el actual Consejo Superior de Educación (CSE) por el Consejo Nacional de Educación que tendrá atribuciones para aprobar estándares, planes de evaluación de los aprendizajes nacionales, las bases curriculares y los programas de estudio. Incluye, a diferencia del actual, presencia de actores del sistema escolar y retira aquellos no vinculados al tema, como los representantes de la Corte Suprema y Fuerzas Armadas: una herencia de la LOCE. LN