"Esto es una vergüenza que compromete gravemente la responsabilidad internacional de Chile, y por eso vamos a denunciar al Estado chileno a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)" dijo el abogado Nelson Caucoto sobre el contradictorio fallo de la Sala Penal de Corte Suprema que aplicó la prescripción por el paso del tiempo en delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura.
Con ello, una "mayoría circunstancial", dijo Caucoto, absolvió al coronel (R) de la Escuela de Artillería de Linares, Claudio Lecaros Carrasco, por el secuestro y desaparición el 15 de septiembre de 1973 de Cesario Soto, Vidal Riquelme y Rubén Acevedo.
El fallo va directamente en contra de la línea jurídica que ha sostenido la mayoría de la Corte Suprema en materia de delitos de lesa humanidad, al considerar que no pueden ser amnistiados ni prescritos porque así lo establecen las normas internacionales.
Según Caucoto, la mayoría circunstancial -que refleja una gran debilidad de nuestro sistema jurídico- la dio "el abogado integrante José Fernández, enemigo declarado de los derechos humanos, y logró este fallo que nos parece muy grave".
Mayoría accidental
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| Integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema: desde la izquierda, ministros Rubén Ballesteros, Nibaldo Segura, Alberto Chaigneau, Jaime Rodríguez y Hugo Dolmestch. Foto: AFP |
El cuestionado fallo fue posible porque, el ministro titular y presidente de la sala, Alberto Chaigneau, quien se opone a la amnistía y prescripción de estos delitos, fue reemplazado por el abogado Fernández.
Los otros dos votos que permitieron la mayoría accidental por la prescripción y la negación de los Convenios de Ginebra que protege a los prisioneros de guerra vigentes para Chile desde los años 50, fueron de los ministros Rubén Ballesteros y Nibaldo Segura, que casi siempre votan por absolver a los violadores de derechos humanos.
Por mantener la condena en contra de Lecaros, votaron los magistrados Hugo Dolmestch y Jaime Rodríguez que, junto a Chaigneau, conforman la mayoría anti-amnistía-precripción de esta Sala Penal que, en definitiva, debe resolver todas estas causas en última instancia. "No puede suceder, estas mayorías y minorías del momento para resolver los crímenes de lesa humanidad", dijo Caucoto.LN