
Jueves 6 de diciembre de 2007
La ley que actualmente fiscaliza la Dirección del Trabajo en la minería data recién de febrero de este año. Pero el tema ha desatado polémica en el sector desde mucho antes. De hecho, en 2003 funcionó una comisión investigadora de la Cámara de Diputados para analizar el tema bajo la figura de "incumplimientos de la normativa laboral".
De acuerdo a datos proporcionados por la DT a esta comisión, el fenómeno de la subcontratación se inició en Chile en 1981, precisamente en el sector minero, y su auge se produjo en la década del 90. De hecho, en 1994 el país contaba con unas 23.000 empresas contratistas que a inicios del 2000 se habían incrementado a 100.000. Respecto a la minería, entre 1985 y 1996 el porcentaje de trabajadores subcontratados aumentó del 4,6% a un 40% del total.
El informe señala que fue justamente en este sector productivo donde se observó primeramente el deterioro en las condiciones de trabajo producto de la subcontratación. A modo de ejemplo, comparan el promedio de horas anuales por trabajador de acuerdo a su condición. Hasta 1981, cuando no existía el subcontratación, un trabajador de la minería trabajaba en promedio 45,75 horas semanales. En 1983, ese promedio había subido a 46,44; pero sus colegas que dependían de empresas contratistas trabajaron en promedio 60,98 horas ese mismo año.
Con el paso del tiempo, ese abuso se fue morigerando, pero la dos categorías de trabajadores se mantuvo. En 1999, los trabajadores contratados laboraron 44 horas semanales, mientras que sus compañeros de empresas contratistas trabajaron en promedio 5 horas más a la semana.
"La tendencia observada es a una continua disminución de los trabajadores de la empresas mandantes, acompañada de un alza sostenida del número de trabajadores de empresas contratistas en el sector", consigna el informe.
Se constató asimismo que las características geográficas de los yacimientos, ubicados en el norte del país, alejados del lugar apartado de residencia de los trabajadores -muchos de ellos provenientes de la zona central y sur del país- y los plazos de entrega impuestos por las compañías mineras a las empresas contratistas, encargadas de ejecutar las obras, determinan sistemas especiales de jornadas de trabajo que rompen con los ciclos tradicionales de relación entre días de trabajo y días de descanso, extendiendo la jornada diaria de trabajo en turnos de doce horas como práctica bastante habitual.
En un programa de fiscalización a la gran y mediana minería del norte del país realizado por la DT en 1996, se verificó que sólo 38,5% de las 439 empresas inspeccionadas trabajan con sistemas de jornadas ordinarias y más de la mitad con sistemas excepcionales.