
Domingo 3 de febrero de 2008
El proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública logró ser aprobado finalmente el 18 de enero de este año. Una vez que se promulgue y publique en el Diario Oficial, pasarán ocho meses para su puesta en vigencia.
Es de fundamental importancia contar con una ley que regule cómo las personas podemos ejercer nuestro derecho a solicitar información pública, y cómo y dónde reclamar si no es entregada, entre otras cuestiones.
Aun así, el proyecto cuenta con algunos puntos débiles, fundamentalmente referidos a las causas por las cuales cierta informaciones pueden ser declaradas secretas o reservadas, que son amplias y vagas en la ley y en la Constitución.
Aunque pueda sonar algo abstracto y jurídico, comprender en qué consiste y cómo puede ejercerse el derecho de acceso a la información es clave para cualquier persona.
El acceso a información pública es una herramienta clave para la sociedad civil organizada, ya que permite solicitar información sobre cuestiones tan diversas como centrales para la democracia y la calidad de vida de las personas.
Así, se puede solicitar información clave para la vida pública como por ejemplo: quiénes financian las universidades privadas, cómo se financian los centros de estudios políticos, cuáles son los criterios que usa cada servicio para asignar los fondos sociales no concursables, qué respuesta ha brindado el Serviu ante los problemas entre las constructoras de viviendas sociales y la comunidad en la ciudad de Talca, qué acciones han realizado la Corema y Conama para fiscalizar que la Minera Los Pelambres cumpla con las medidas de prevención necesarias para impedir otro derrame de residuos contaminantes al agua del río Choapa y que continúe secando la cuenca del estero de Pupío, cuáles son los resultados de la auditoría internacional que se realizó a la Prueba de Selección Universitaria en 2007.
Estas preguntas son sólo algunos ejemplos para ilustrar cómo el acceso a información pública puede constituir una herramienta fundamental para el control social, la participación ciudadana informada y el ejercicio de otros derechos fundamentales ante el Estado y las empresas.
Para que este ejercicio de derecho funcione de manera efectiva, la ley crea el Consejo para la Transparencia, a cargo de difundir y capacitar a funcionarios y funcionarias acerca de este derecho, así como arbitrar en situaciones de conflicto o controversia ante casos de denegación de acceso a la información.
El Consejo contará con cuatro consejeros, las cuales se rotarán la presidencia de la institución. Que este organismo funcione para lo que fue creado, de manera verdaderamente independiente y efectiva y no como un órgano dependiente de consensos políticos partidarios , dependerá en gran medida del proceso de selección de sus integrantes, los cuales serán nominados por la Presidenta Bachelet, con aprobación del Senado.
En este sentido, sería interesante que la Presidenta honre su compromiso con la participación ciudadana y que otros referentes políticos la apoyen en este esfuerzo, y abra un proceso amplio y participativo que permita a la sociedad civil jugar un rol también en el proceso de identificación y preselección de potenciales candidatos a ocupar esos cargos.
Que los consejeros que vayan a integrar el Consejo para la Transparencia cuenten con la legitimidad y el reconocimiento de organizaciones y personas especializadas de la sociedad civil dará un empuje fundamental a la puesta en marcha de una ley crítica para la profundización de la democracia en Chile.