
Martes 8 de abril de 2008
En votación unánime, la Sala de Cuentas de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por los diputados de Renovación Nacional (RN), Maximiano Errázuriz y Osvaldo Palma, en contra del anunciado incremento que tendrán los planes de las Instituciones de Salud Previsional (Isapres).
De esta forma, la Primera Sala del tribunal de alzada conformada por los magistrados Raúl Rocha, Manuel Muñoz Pardo y el abogado integrante Benito Mauriz, no dio a lugar al libelo presentado por los parlamentarios de la Alianza, quienes acusaron que con el reajuste a los programas de atención de salud, los usuarios adscritos al sistema de previsión privada alcanzaría un promedio ocho por ciento.
Por lo anterior, los legisladores adjuntaron una orden de no innovar tendiente a que se paralice el proceso durante este año y que se disponga la sanción pertinente al conglomerado de Isapres, el que de paso fue desestimado por la corte.
El diputado Errázuriz sostuvo el viernes pasado que un aumento en los precios de los planes vulnera el derecho de las personas a elegir entre el sistema público (Fonasa) y el privado, ya que se les obliga a cambiarse a lo más económico, que en este caso es el Fondo Nacional de Salud.
El libelo busca que la justicia acredite que el alza infringe normas legales y constitucionales, por lo que las Isapres cobran sus planes en UF, por lo que recuperan cada 30 días el aumento del IPC y, por encima de esto, algunas instituciones suben en más de 15 por ciento.