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  Sernac llama a deudores a hacer valer sus derechos ante cobranzas ilegales

Miércoles 16 de abril de 2008

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) instó hoy a los deudores morosos que sean víctimas de cobranzas extrajudiciales ilegales- ue incluyen llamados fuera de los horarios autorizados por la ley o comunicaciones a personas ajenas a la deuda- a informarse y hacer valer sus derechos, que la mayoría de las personas en esa situación ignora.

El Sernac -a través de un comunicado- señaló que "es cierto que todos debemos pagar nuestras deudas en el tiempo y forma pactada, pero de la misma forma, las empresas deben respetar lo que señala la Ley del Consumidor respecto a cobranzas extrajudiciales. Esto es respetar la privacidad del hogar del deudor, la convivencia normal de su entorno personal o su situación laboral".  

"Las empresas no pueden realizar comunicaciones o llamados telefónicos a personas que no estén involucrados en la deuda (jefe, familiares u otros) o cobros fuera de los días y horas hábiles que señala la ley, es decir, de lunes a sábado, de 8 a 20 horas.  Tampoco pueden hacer amenazas ilegítimas o enviar a los consumidores cartas que parezcan escritos judiciales para realizar cobros", recordó el organismo.

El Sernac indicó que para reconocer una demanda judicial, el documento debe tener "el número de rol de la causa en un extremo superior, el nombre del tribunal que lleva el juicio, individualización de empresa demandante y demandado y el procedimiento. Además, tiene que estar firmado por un juez y secretario judicial".

A su vez, el organismo de defensa de los consumidores recomendó que "cualquier escrito que llegue por correo y parezca demanda, verifíquelo en los sistemas de autoconsulta de tribunales utilizando su número de RUT (o en www.poderjudicial.cl)". Además del hecho de que la demanda judicial, se le debe comunicar a través de un funcionario del juzgado (receptor judicial) y no a través del correo. 

INTERES Y GASTOS  

Asimismo, el Sernac recordó que las empresas deben respetar los montos máximos a aplicar por concepto de intereses y gastos de cobranza.

Pasado 15 días corridos, desde la fecha de vencimiento de la deuda, los consumidores tienen derecho a que los gastos de cobranza no superen los montos máximos que establece la Ley. Estos son:

►Un 9%, para las deudas o cuotas de hasta 10 UF (cerca de $200 mil)
►Un 6%, para la parte de la deuda que exceda de 10 y hasta 50 UF (hasta cerca de $1 millón)
►Un 3% para el monto que supere las 50 UF

La normativa se aplica a todos los créditos otorgados por bancos, financieras, casas comerciales u otros otorgantes de créditos (farmacias, supermercados, cooperativas o compañías de seguros).

El Servicio Nacional del Consumidor indicó que "si la empresa con la que mantiene la deuda impaga hace efectivos los gastos de cobranza antes de los 15 días de vencimiento de la obligación; exige más de los porcentajes establecidos por ley o realiza procedimientos abusivos de cobranza, está cometiendo una infracción que puede ser sancionada por los tribunales".

Además, el organismo llamó a visitar su sitio web para conocer los derechos y saber cómo ejercerlos (www.sernac.cl), o llamar al fono 600 594 6000. 

La Nación

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