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Viernes 4 de noviembre de 2011| por Nacion.cl
La Corte Suprema ratificó que la Corporación Santo Tomás, que administra la universidad del mismo nombre, debe pagar una indemnización a nueve estudiantes de Investigación Criminalística, por el daño moral provocado al ofertar una carrera con campo laboral inexistente.
El fallo fue adoptado unánimemente por los ministros de la Cuarta Sala, Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa Egnem, Juan Escobar (suplente) y el abogado integrante Nelson Pozo.
Los magistrados rechazaron los recursos de casación presentados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de la Serena que condenó al Corporación Santo Tomás a pagar una indemnización de $4.000.000 a cada uno de los demandantes.
La sentencia del máximo tribunal determina que se debe reparar el daño moral provocado a Carolina Berríos Dubó, Jonathan Alvarado Robles, Francisco Venegas Esparza, Janis Bascuñán Sánchez, Williams Phillips Yáñez, Eduardo Donoso Pérez, Lucía Ahumada Ahumada, Emiliano Castillo Castillo e Ivonne Santander Uribe, quienes cursaron la carrera en la Región de Coquimbo.
La resolución determina que no hay infracción legal al determinar la indemnización de perjuicios, tanto por la legislación común como por la Ley del Consumidor.