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Tribunal declaró admisible querella en contra de Piñera por paseo sin mascarilla en Cachagua

La acción judicial fue presentada por el abogado Luis Mariano Rendón por incumplimiento de la normativa sanitaria. Dentro de las sanciones que podría implicar la infracción, se establecen multas que podrían llegar a las 100 U.T.M.
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La jueza Margarita Riquelme Clavería, del Juzgado de Garantía de la ciudad de La Ligua, acogió la querella criminal presentada por el abogado Luis Mariano Rendón en contra del Presidente Sebastián Piñera, con motivo del incumplimiento de la normativa sanitaria por parte del Mandatario, quien estuvo sin mascarilla en la playa de Cachagua el sábado.

El abogado había argumentado la acción penal, señalando que se interpuso por el delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona a aquel que, con peligro de la salud pública, infrinja la normativa sanitaria debidamente publicada. En este caso, correspondería al instructivo del Ministerio de Salud que establece restricciones en las playas.

“Básicamente, ahí señala que debe usarse mascarilla para toda persona que esté en movimiento en las playas y que la excepción son aquellas personas que están estáticas en algún lugar o reposando en alguna zona, y que, en ese caso, deben mantener al menos dos metros de distancia respecto de cualquier otra persona”, había señalado Rendón, quien además aseveró que la normativa sanitaria tendiente a la distancia social sin mascarilla se habría incumplido, ya que el mandatario se acercó a centímetros de otras personas, sin la medida preventiva, constituyendo “una violación directa de la norma” y la “configuración del delito”.

Dentro de las sanciones que podría implicar la infracción, se establecen multas que podrían llegar a las 100 U.T.M.

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