Este martes se dio a conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Canal 13 a pagar una indemnización de 25 millones de pesos, por una situación vivida en el programa “En su propia trampa” que habría perjudicado directamente a un comerciante de Puente Alto. Esto por una grabación realizada con cámara oculta.
En fallo unánime, Maritza Villadangos, María Loreto Gutiérrez y Rodrigo de Alencar ratificaron la sentencia del 29° Juzgado Civil de Santiago, por el caso de un episodio del programa emitido en abril de 2013.
En el capítulo -detalla el fallo- una periodista, un productor y un camarógrafo ingresaron junto a funcionarios municipales al domicilio de la demandante, grabando sin su consentimiento una conversación sobre “asuntos privados y confidenciales” de índole familiar.
La recurrente detalló que se usaron cámaras ocultas para registrar media hora de diálogos, los que luego fueron editados y expuestos en el programa, dejándola como la “madrastra malvada” y principal responsable de la conducta de entonces un menor de edad, hijo de su pareja.