Con el propósito de facilitar el pago a los chilenos que en el extranjero desempeñarán la función de vocal de mesa, la Tesorería General de la República y el Ministerio de Relaciones Exteriores suscribieron un convenio marco de cooperación institucional que busca formalizar la coordinación y colaboración institucional para la implementación del voto en el exterior, con miras a los procesos eleccionarios venideros.
En 2012 la ley 20.568 que regula la inscripción automática, modifica el servicio electoral y moderniza el sistema de votaciones, previó que la función de vocal de mesa receptora de sufragio fuera obligatoria, asimismo consideró el pago de un bono equivalente a dos tercios de unidad de fomento por cada acto electoral a quienes realizaran efectivamente la función de vocal.
Por otra parte, la Ley 20.960 que regula el derecho a sufragio en el extranjero, asimiló el referido pago disponiendo que el valor del bono puede ser convertido en moneda extranjera y le encargó a la Cancillería y a la Tesorería General de la República establecer el correspondiente procedimiento de pago.
La ceremonia realizada este miércoles fue encabezada por el subsecretario de Relaciones Exteriores subrogante, embajador José Miguel Cruz, y el tesorero general de la República, Hernán Frigolett.
“El convenio busca poner en marcha la debida coordinación entre ambas instituciones, a efecto de poder cumplir con esta gran responsabilidad tanto en las elecciones primarias que se desarrollarán el 2 de julio del presente año, como en todos aquellos procesos eleccionarios que se deban realizar en el futuro, fuera del país”, dijo el embajador Cruz.
Por su parte Frigolett afirmó que “nuestro compromiso de calidad de servicio es con toda la ciudadanía, más aún cuando ésta cumple con sus obligaciones cívicas para que compatriotas en el exterior ejerzan su derecho a voto. Tesorería ha puesto su mejor esfuerzo para que cada uno de los vocales de mesa en el exterior reciba las compensaciones legales establecidas”.
Esta será la primera vez en la historia que los chilenos residentes en el exterior podrán ejercer su derecho a sufragio en elecciones primarias, presidenciales y plebiscitos.
Para votar, los chilenos que viven en el extranjero deben cambiar de domicilio electoral si nacieron en Chile, o inscribirse en el Registro Electoral si nacieron fuera del país. El plazo para efectuar este trámite y participar en el proceso de noviembre vence el 1 de julio.
En 2012 la ley 20.568 que regula la inscripción automática, modifica el servicio electoral y moderniza el sistema de votaciones, previó que la función de vocal de mesa receptora de sufragio fuera obligatoria, asimismo consideró el pago de un bono equivalente a dos tercios de unidad de fomento por cada acto electoral a quienes realizaran efectivamente la función de vocal.
Por otra parte, la Ley 20.960 que regula el derecho a sufragio en el extranjero, asimiló el referido pago disponiendo que el valor del bono puede ser convertido en moneda extranjera y le encargó a la Cancillería y a la Tesorería General de la República establecer el correspondiente procedimiento de pago.
La ceremonia realizada este miércoles fue encabezada por el subsecretario de Relaciones Exteriores subrogante, embajador José Miguel Cruz, y el tesorero general de la República, Hernán Frigolett.
“El convenio busca poner en marcha la debida coordinación entre ambas instituciones, a efecto de poder cumplir con esta gran responsabilidad tanto en las elecciones primarias que se desarrollarán el 2 de julio del presente año, como en todos aquellos procesos eleccionarios que se deban realizar en el futuro, fuera del país”, dijo el embajador Cruz.
Por su parte Frigolett afirmó que “nuestro compromiso de calidad de servicio es con toda la ciudadanía, más aún cuando ésta cumple con sus obligaciones cívicas para que compatriotas en el exterior ejerzan su derecho a voto. Tesorería ha puesto su mejor esfuerzo para que cada uno de los vocales de mesa en el exterior reciba las compensaciones legales establecidas”.
Esta será la primera vez en la historia que los chilenos residentes en el exterior podrán ejercer su derecho a sufragio en elecciones primarias, presidenciales y plebiscitos.
Para votar, los chilenos que viven en el extranjero deben cambiar de domicilio electoral si nacieron en Chile, o inscribirse en el Registro Electoral si nacieron fuera del país. El plazo para efectuar este trámite y participar en el proceso de noviembre vence el 1 de julio.