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Caso Gatica: Jueza estima que hubo en Crespo “ánimo de causar una lesión grave”

En la resolución de prisión preventiva para el ex carabinero Claudio Crespo, por peligro de fuga y peligro para la sociedad, la jueza Marcia Figueroa -del 7° Juzgado de Garantía- consideró agravante su calidad de instructor de Fuerzas Especiales. Imputado se expone a 10 años de cárcel.
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La jueza Marcia Figueroa, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, estimó en su argumentación para dejar en prisión preventiva al ex carabinero Claudio Crespo -imputado como autor de los disparos que dejaron ciego a Gustavo Gatica- que se trata de un peligro para la sociedad y que hay peligro de fuga.

Crespo, ex teniente coronel, quien fue desvinculado de Carabineros en junio pasado, fue instructor de Fuerzas Especiales hasta mayo, lo que la magistrada consideró un agravante.

“El tribunal considera que efectivamente respecto del imputado hay una actitud y un proceder doloso, más aún cuando se trata de un funcionario que instruía a otros funcionarios de la manera de proceder respecto de la utilización de medidas disuasivas”, señaló Figueroa en la audiencia de formalización, que concluyó pasadas cerca de las 22:30 horas.

“En ese sentido, el tribunal entiende que al ocasionar lesiones graves gravísimas, el imputado sí concurre en elemento de dolo. Dicho lo anterior, el tribunal entiende que aquí hay un ánimo de causar una lesión grave, de infligir dolor a una persona y que en este caso se tradujo en una lesión grave gravísima”, agregó la jueza Figueroa.

La magistrado añadió que “a la fecha de comisión de los hechos, (Crespo) era funcionario público, y como agente del Estado debía respetar utilización medidas antidisturbios, más aún considerando que era un instructor de Carabineros de Chile”.

Según la titular del 7° Juzgado de Garantía, Crespo se expone a presidio medio mayor en su grado medio, por lo que se expone a al menos 10 años y un día de presidio efectivo. Figueroa reconoció que al imputado le favorece su irreprochable conducta anterior.

En cuanto a la utilización de la escopeta antidisturbios en defensa propia, Figueroa señaló que si bien el tribunal no desconoce que se puede usar, “en este caso el imputado disparó sin siquiera obedecer la normativa que su propia institución había dictado para la materia, que no era un protocolo, pero Carabineros sí establecía una normativa que regulaba la forma de utilización de medios disuasivos en manifestaciones, entre ellos del arma antidisturbio utilizada por el imputado”.

La jueza añadió que “disparar al tercio superior causará lesiones graves que en este caso se tradujeron en pérdida de la vista del afectado”.

Por último, la magistrado consideró “irrelevante” si Gatica pertenecía o no a la “primera línea”, por la desproporción del ataque y “la envergadura de la lesión que ha sufrido”.

Crespo sería ingresado a un recinto institucional donde cumplirá el presidio. En principio, una dependencia de la Subcomisaría de Pudahuel Norte de la 26ª Comisaría de Carabineros de Chile, aunque Gendarmería también evaluaba llevarlo a otro recinto en calle Sucre.

Por otro lado, la magistrada dio un plazo de noventa días para investigar.

Versiones de fiscal y abogado defensor

Antes de la resolución, durante las argumentaciones que se realizaron telemáticamente en la audiencia de formalización, el fiscal Francisco Ledezma afirmó que Crespo disparó “con la intención de castigar” a los manifestantes.

Relató que los hechos investigados se iniciaron cerca de las 18:10 horas del 8 de noviembre de 2019, “en circunstancias que en la intersección de las calles Vicuña Mackenna y Carabineros de Chile se encontraba apostado un número indeterminado de manifestantes, quienes proferían consignas contra Carabineros y lanzaban elementos contundentes a los vehículos tácticos con funcionarios presentes”.

Según Ledezma, Crespo “abusando de su cargo, con la intención de castigar, disparó la escopeta antidisturbios directamente al tercio superior del cuerpo de manifestantes, impactando a la víctima Gustavo Gatica Villarroel, quien se encontraba en el grupo referido, precisamente entre el tirador y a una distancia de 25,4 metros”.

Al momento del disparo, dijo el persecutor, “no existía riesgo alguno para la integridad de los carabineros”.

Uno de los abogados de Crespo, Jorge Martínez, aseguró que “puedo decir con mucha seriedad y tranquilidad que Claudio Crespo no es autor de los disparos de Gustavo Gatica. Él no fue el autor del disparo. De hecho, a la hora del disparo él estaba procediendo, como se usa en la jerga policial, en la iglesia que fue atacada”.

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