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Colegio de Periodistas critica indicación a Ley Corta Antidelincuencia

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Como “un paso en contra de los derechos de la ciudadanía y del ejercicio del periodismo” calificaron desde el Colegio de Periodistas la propuesta limitaría el derecho de protección de la fuente.




El Colegio de Periodistas denunció que una indicación que los senadores Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN) presentaron a la ley corta Antidelincuencia contradice la ley de prensa, ya que obligará en el futuro a profesionales a entregar datos que están actualmente protegidos.

Conocida la propuesta, la mesa directiva del colegio –presidida por Javiera Olivares-, llamó a los legisladores a retirar esta indicación, ya que según la entidad involucra demasiados aspectos que serían perjudiciales para el derecho a la libertad de expresión, entre ellos, que expondría a las fuentes a su identificación por parte de terceros.

Ante esto en la mesa directiva puntualizaron que de aprobarse la medida “sometería a los trabajadores de la comunicación al rechazo, e incluso violencia, cuando cubran situaciones de alta complejidad, ya que podrían ser vistos como una especie de agentes encubiertos o colaboradores de la justicia”, cuestión que ya han denunciado en las organizaciones de reporteros gráficos.

Todo esto, “redundaría en la autocensura, el evitar registrar hechos de alto impacto informativo por las represalias en esta acción“.

Por su parte, el abogado del Colegio de Periodistas, Luis Cuello, explicó que la norma “podría ser malinterpretada por los órganos persecutores y complicar el trabajo periodístico e informativo, exponiendo a las fuentes a su identificación por parte de terceros”.

¿En qué consiste la polémica indicación?

La medida presentada por los senadores en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta aplicaría para los delitos de robo, hurto y receptación, y a juicio de los legisladores mejora la persecución penal en dichos delitos.

En la propuesta se establece que toda persona natural y jurídica “que tenga información o antecedentes que permitan identificar a los responsables de una infracción o delito(…) tales como grabaciones o fotografías, deberá entregarla, a la mayor brevedad, a las policías o Ministerio Público, cuando les serán requeridos por éstos“.

Y agrega que “el requerimiento de información y antecedentes efectuados por las policías podrá realizarse en el marco de las primeras diligencias practicadas por aquellas y, en todo caso necesitará instrucción previa del fiscal competente, la que se podrá otorgar por cualquier medio y de la manera más expedita posible”.


SECCIÓN: País
AUTOR: Thomas Salvo
FUENTE: La Nación
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