En el fallo, la magistrada Carolina Mella Toledo condenó, además, a Lazcano Silva a la pena de 541 días de presidio y el pago de una multa de $104.633.109, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de cohecho.
El tribunal también dispuso que la pena por cohecho se le dé por cumplida por el tiempo que permaneció en arresto domiciliario nocturno, mientras que por el delito de estafa, por reunirse en el caso los requisitos legales, el tribunal le concedió la libertad vigilada intensiva por 3 años y 1 día.
Adicionalmente, se impuso al sentenciado la prohibición de acercarse a las entidades bancarias querellantes y a las oficinas administrativas del Servicio de Bienestar del Ejército.
El fallo dio por establecido que entre 2013 y hasta noviembre de 2014, aprovechando su calidad de Jefe de Informática del Comando de Bienestar (COB), Lazcano Silva aceptó dineros de los coimputados Eduardo Olmedo Prado, de Powerti S.A. y de Claudia Marín Aguilera, gerente general y representante legal de dicha empresa, que cobró dineros por trabajos no efectuados al Ejército.