La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó el arresto domiciliario total contra 12 imputados por el delito de desórdenes públicos, ocurridos durante el “estallido social” en el centro de Santiago.
El 3 de abril, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago había revocado la cautelar de prisión preventiva que pesaba sobre los imputados, quienes serían miembros de la denominada “primera línea”, dejándolos con firma mensual.
Sin embargo, tras la apelación del Ministerio del Interior, el tribunal de alzada ordenó volver a la cautelar de arresto domiciliario total.
“De acuerdo al mérito de lo expuesto por los intervinientes, existen antecedentes suficientes, por ahora, de participación de los imputados en el delito por el cual se les formalizó”, explicó la corte, que añadió: “la medida cautelar que permite garantizar los fines del procedimiento y, a la vez, la seguridad de la sociedad que se vio amenazada por los desórdenes públicos en que participaron los imputados, es la de arraigo domiciliario total”.
El 3 de abril, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago había revocado la cautelar de prisión preventiva que pesaba sobre los imputados, quienes serían miembros de la denominada “primera línea”, dejándolos con firma mensual.
Sin embargo, tras la apelación del Ministerio del Interior, el tribunal de alzada ordenó volver a la cautelar de arresto domiciliario total.
“De acuerdo al mérito de lo expuesto por los intervinientes, existen antecedentes suficientes, por ahora, de participación de los imputados en el delito por el cual se les formalizó”, explicó la corte, que añadió: “la medida cautelar que permite garantizar los fines del procedimiento y, a la vez, la seguridad de la sociedad que se vio amenazada por los desórdenes públicos en que participaron los imputados, es la de arraigo domiciliario total”.