La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió a trámite un recurso de protección y ordenó a Carabineros abstenerse de utilizar balines en contra de quienes participen en marchas o manifestaciones pacíficas.
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Ricardo Pairicán García, Michel González Carvajal y la fiscala judicial Marcela de Orúe Ríos- dispuso, además, la limitación del uso de gases lacrimógenos y cualquier método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten.
“Ha lugar a la orden de no innovar solicitada, sólo en cuanto las autoridades recurridas deberán abstenerse de utilizar balines, respecto de las personas que participan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten”, consigna el fallo.
La decisión fue adoptada con el voto en contra de la fiscalía judicial.
Dicha determinación se suma a las ya tomadas la semana pasada por las cortes de Antofagasta y Concepción, en relación a las marchas o protestas pacíficas.
https://lanacion.cl/2019/11/14/corte-de-concepcion-ordena-detener-uso-de-balines-y-limitar-gases-lacrimogenos/
https://lanacion.cl/2019/11/12/antofagasta-corte-prohibe-a-carabineros-uso-de-armas-letales-y-balines-en-manifestaciones/
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Ricardo Pairicán García, Michel González Carvajal y la fiscala judicial Marcela de Orúe Ríos- dispuso, además, la limitación del uso de gases lacrimógenos y cualquier método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten.
“Ha lugar a la orden de no innovar solicitada, sólo en cuanto las autoridades recurridas deberán abstenerse de utilizar balines, respecto de las personas que participan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento disuasivo que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten”, consigna el fallo.
La decisión fue adoptada con el voto en contra de la fiscalía judicial.
Dicha determinación se suma a las ya tomadas la semana pasada por las cortes de Antofagasta y Concepción, en relación a las marchas o protestas pacíficas.
https://lanacion.cl/2019/11/14/corte-de-concepcion-ordena-detener-uso-de-balines-y-limitar-gases-lacrimogenos/
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