En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y los abogados (i) Diego Munita y Ricardo Abuauad- resolvió la contienda de competencia planteada entre el ministro Crisosto y el Primer Juzgado de Garantía de Santiago.
El máximo tribunal consideró que el asunto ya había sido resuelto por la Corte Marcial, por lo que determinó no innovar respecto del tema.
La contienda de competencia se inició el 12 de febrero pasado, cuando el Primer Juzgado de Garantía de Santiago se declaró competente para conocer la causa en contra de quienes resulten responsables de cuasidelito de homicidio, en el accidente del avión CASA 212 de la FACH que se precipitó al mar en el archipiélago de Juan Fernández, el 2 de septiembre de 2011.
En el hecho murieron 21 personas, entre ellos Felipe Camiroaga, el empresario Felipe Cubillos y el periodista Roberto Bruce, y la justicia militar cerró la investigación sin culpables vivos, ya que sólo adjudicó responsabilidad a los pilotos ya fallecidos.
En la resolución de esa fecha, el magistrado Fernando Guzmán remitió al Ministerio Público los antecedentes aportados por los denunciantes y querellantes y solicitó la inhibición de la justicia militar para continuar la tramitación del caso.
La solicitud de competencia del Primer Juzgado de Garantía en la causa fue presentada por el abogado Cristián Arias Vicencio a nombre del viudo de Galia Carolina Díaz Riffo, funcionaria del Consejo Nacional de la Cultura, junto con la denuncia por cuasidelito de homicidio.
Asimismo, en esa oportunidad el magistrado Guzmán declaró admisible la querella interpuesta por los familiares de la piloto de la aeronave siniestrada, Carolina Fernández Quinteros, y del tripulante Eduardo Estrada Muñoz, ordenando “su envío, junto con los documentos acompañados, al Ministerio Público para su tramitación”.
También solicitó al ministro en visita Hernán Crisosto que se inhabilite de seguir conociendo la causa y, en caso de acceder, remitir el expediente que está en poder del Juzgado de Aviación de Santiago a la Fiscalía Local de Pudahuel, para que ésta continúe con el caso.
Si el ministro Crisosto se negaba, lo que en efecto ocurrió, se entendía trabada la competencia que debía ser resuelta por la Corte Suprema, que finalmente se inclinó por la Corte Marcial.
Para acoger la causa, el juez Guzmán consideró la modificación legal de 2010 que restringió la competencia de los tribunales militares en causas que involucren a civiles, como víctimas o imputados.
El avión CASA 212 -operado por el Grupo 10 de Transporte de la Fuerza Aérea de Chile- se encontraba realizando un vuelo de apoyo a las labores de reconstrucción producto del terremoto de 2010.
Despegó desde el aeropuerto Arturo Merino Benítez a las 14:00 hora local con destino al aeródromo de la Isla Robinson Crusoe, en el archipiélago de Juan Fernández. A bordo viajaban 21 personas contando tripulantes y pasajeros. El avión intentó aterrizar en dos ocasiones, pero fuertes vientos lo impidieron y cayó al mar.