El fiscal nacional económico, Ricardo Riesco, solicitó a la Convención Constitucional realizar una modificación relativa a la figura de la delación compensada.
Según explica la página de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), la delación compensada “permite eximir o reducir las sanciones que establece la ley para quienes, habiendo intervenido en un cartel, entreguen antecedentes que conduzcan a acreditar la conducta y a determinar a sus responsables”.
Al respecto y en el marco de su cuenta pública, Riesco pidió al órgano constituyente generar una norma transitoria frente al artículo 386, inciso 3, el cual establece que “la facultad exclusiva de ciertos órganos de la administración para presentar denuncias y querellas, no impedirá que el Ministerio Público investigue y ejerza la acción penal pública, en el caso de delitos que atenten en contra de la probidad, el patrimonio público o lesionen bienes jurídicos colectivos”.
Riesco advirtió que dicho artículo “no modifica las normas relativas a la secuencialidad de la persecución penal por el delito de colusión y al otorgamiento definitivo del beneficio de la delación compensada, haciendo inviable el uso de esa herramienta, porque no garantiza la exención de responsabilidad penal al momento de iniciarse la investigación criminal”.
Es decir, aunque algún colaborador se acoja a la delación compensada, no quedará exento de responsabilidad penal, lo que vuelve al beneficio inviable.
“Podría significar que, respecto de quienes ya hayan accedido o accedan a la delación compensada, podría iniciarse, o incluso terminar, un proceso penal por colusión sin que haya existido la instancia procesal que exige la ley actual para que reconozca su exención de responsabilidad penal”, agregó el fiscal.
Luego acusó que “este problema no solo haría inviable la institución de la delación compensada, que es una herramienta esencial para la detección y persecución de carteles en Chile y en el mundo entero, sino que podría dejar en la indefensión a quienes ya han utilizado o utilicen este mecanismo en la legítima confianza de que estarían o estarán exentos de responsabilidad penal al momento de iniciarse la investigación criminal”.
Por ello, el persecutor solicitó que se establezca el otorgamiento definitivo del beneficio de delación compensada “de manera exclusiva y excluyente en la Fiscalía Nacional Económica” hasta que el Decreto Ley 211 se adecue a la nueva Constitución.
“Por el bien de la política pública anti carteles de nuestro país, que se ha visto tremendamente fortalecida por la institución de la delación compensada, esperamos una buena acogida a nuestra petición por parte de la Convención Constitucional”, agregó.
Finalmente, Riesco aclaró que no está rechazando el artículo y pidió que la propuesta de Carta Magna pueda “cumplir con un sentido anhelo de la ciudadanía: que la colusión no solo sea sancionada severamente en sede de libre competencia, como ya ha ocurrido, sino que también en sede criminal”.
Fiscal nacional económico pidió a la Convención ajuste al borrador respecto a delación compensada
En el marco de su cuenta pública, Ricardo Riesco pidió al órgano constituyente generar una norma transitoria frente al artículo 386, inciso 3, el cual establece que "la facultad exclusiva de ciertos órganos de la administración para presentar denuncias y querellas, no impedirá que el Ministerio Público investigue y ejerza la acción penal pública, en el caso de delitos que atenten en contra de la probidad, el patrimonio público o lesionen bienes jurídicos colectivos".