Una de las medidas clave es la de postergar la declaración de IVA sin recargos para personas y mipymes hasta el próximo 10 de noviembre. Ministro Ignacio Briones dijo que “se prolonga la primera postergación que se había anunciado el día 20 y cuyo plazo de vencimiento era el 31 de octubre. Con esta iniciativa buscamos beneficiar a 144 mil contribuyentes que van a tener la holgura y una mayor liquidez para poder afrontar este momento difícil”.
El ministro de Hacienda, Ignacio Briones, anunció una serie de medidas para facilitar el cumplimiento tributario de las pymes, luego que se evidenciara una baja del 25% en la facturación del IVA. El secretario de Estado aseveró que la semana pasada la facturación de IVA disminuyó en un 25% situación, puntualizó, que es una merma relevante “que nos entrega una indicación de la complejidad que estas empresas pueden estar enfrentando, por eso queremos apoyar a las pymes con este tipo de medidas”. Según la autoridad, detrás de cada pyme hay personas que están sufriendo y pasándolo mal, de ahí, dijo, que la obligación de las autoridades “es hacer todo lo que esté en nuestros medios para poder contribuir a aliviar el dolor y el daño, las complicaciones económicas que estas empresas están sufriendo”. Una de las medidas clave es la de postergar la declaración de IVA sin recargos para personas y mipymes hasta el próximo 10 de noviembre. “Se prolonga la primera postergación que se había anunciado el día 20 y cuyo plazo de vencimiento era el 31 de octubre. Con esta iniciativa buscamos beneficiar a 144 mil contribuyentes que van a tener la holgura y una mayor liquidez para poder afrontar este momento difícil”, explicó Briones. En este punto, las pymes que podrán acogerse a este beneficio son las empresas con una facturación menor a 100 mil UF. La segunda disposición del Gobierno apunta a ayudar a las empresas que han sido afectadas por pérdidas de inventario producto de los daños. “En concreto, vamos a disponer de facilidades especiales para aquellas empresas que hayan sufrido pérdidas de mercaderías. El objetivo es que, dado los daños a su propiedad, puedan reconocer tributariamente esa pérdida patrimonial, de forma más simple”, dijo el ministro. De acuerdo a Briones, este procedimiento permitirá evitar gravar con IVA la pérdida de inventario. Además, como una medida administrativa que facilitará este proceso, se dará mayor plazo a las pymes para informar de esta situación al SII hasta el 31 de marzo del 2020. Asimismo, se informó que se buscará hacerse cargo de los perjuicios que distintas empresas han sufrido en sus inmuebles, a través de las contribuciones. “Dispondremos de facilidades para informar al SII de manera más expedita el daño a la propiedad inmueble. Para ello, las pymes podrán solicitar su reevalúo fiscal para rebajar de esta forma el pago de las contribuciones”, explicó el secretario de Estado. La cuarta medida anunciada es la disposición de un sistema especial para comunicar al SII la pérdida de documentación contable relevante, debido a los daños que las empresas hayan sufrido. “Estamos estableciendo facilidades para informar y proceder a la reconstrucción de esa documentación, evitando así el cobro de multas y aplicación de sanciones”, sostuvo Briones, quien precisó que el plazo extendido para informar de esta situación al SII es hasta el 31 de marzo del 2020. Por su parte, el director del SII, Fernando Barraza, complementó el anuncio del Gobierno con medidas de tipo administrativo, que consideran, por ejemplo, que se priorizarán las solicitudes de devoluciones de IVA formuladas por contribuyentes con cambio de sujeto, lo que permitirá contar con flujo de caja en un plazo máximo de 5 días, para que sea autorizada la devolución. En concreto, se eliminaron los recargos por presentación fuera de plazo de solicitudes y trámites masivos, como inicio de actividades, actualización o modificación de información y términos de giro, entre otros. Esta medida busca apoyar a todos los contribuyentes que se han visto imposibilitados de cumplir con estas obligaciones dada la situación que vive el país. También se postergó el plazo para la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la emisión de facturas de exportación electrónicas para el 17 de enero de 2020. Esta iniciativa les permitirá seguir operando con sus actuales sistemas hasta esa fecha. Dada la situación excepcional que vive el país, en forma extraordinaria, el SII autorizó la emisión facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio y permite continuar facturando, manteniendo la operación de sus negocios. Finalmente, se reprogramarán en forma automática todas las citaciones en oficinas del SII. Así, los contribuyentes que no hayan podido asistir en este periodo serán contactados para comunicarles la nueva fecha, sin que quede registro de la inasistencia.