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Hospital deberá pagar indemnización a paciente con infección intrahospitalaria

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Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el 18°Juzgado Civil de Santiago, la cual había sido impugnada tras acoger la demanda presentada por el paciente que se contagió con la bacteria Clostridium Difficile.

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Hospital San Borja Arriarán a indemnizar con $19.632.111 a un paciente que sufrió una infección intrahospitalaria en noviembre de 2011. De forma unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el 18°Juzgado Civil de Santiago, la cual había sido impugnada tras acoger la demanda presentada por el paciente que se contagió con la bacteria Clostridium Difficile. Los hechos ocurrieron el 28 noviembre de 2011, cuando el paciente concurrió al centro asistencial para someterse a una cirugía de columna. Al día siguiente, el demandante fue trasladado del 5° al 7° piso del hospital sin recibir mayor información, mientras que el 30 de noviembre fue dado de alta sin recibir información sobre el tratamiento a seguir ante una eventual infección. Ya en su casa, el paciente comenzó a sentir dolores el 2 de diciembre de 2011, los que continuaron por varias semanas, hasta que el 3 de enero de 2012 el demandante decide acudir al Hospital José Joaquín Aguirre donde fue internado por tener la infección. El fallo de la Corte de Apelaciones señala que “en el momento en que el actor se operó en dicho centro hospitalario había un brote epidémico intrahospitalario en curso de la bacteria Clostridium Difficile en el sexto piso”. “Si bien el actor durante su hospitalización fue manejado entre el quinto y el séptimo piso, tal como él mismo sostiene y fuera ratificado por el testigo de la demandada, ello claramente no impidió que se infectara con la batería Clostridium Difficile que le causó la diarrea patológica antes referida y presentara toxina de dicha bacteria”, agrega el documento. La resolución concluye que “pese a las medidas sanitarias adoptadas por la autoridad hospitalaria, estas resultaron insuficientes para prevenir el contagio esto es hubo un mal funcionamiento del servicio, resultando en ello pertinente el reclamo de la parte demandante”.
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