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Modificaciones al Sistema Tributario y Elecciones Presidenciales 2017

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*Por Javier Jaque López

Hemos podido observar recientemente, en el contexto de las próximas elecciones presidenciales, que se discuten potenciales modificaciones al sistema tributario. Mientras algunos muestran interés por desintegrar el sistema, lo que constituiría un cambio más que radical, otros prefieren realizar adecuaciones al sistema modificado el año 2014, que comenzó a estar vigente a contar del año 2017.

La desintegración del sistema implicaría que se separara la tributación de la empresa con la de los impuestos finales. Para muchos, quizás, un aspecto positivo de este sistema es que puede representar una solución a los problemas de elusión en la tributación final, ya que se anularían las erosiones en la base tributaria que pudieran estar presentes entre la tributación a nivel corporativo y la de los consumidores de la renta. No obstante lo anterior –y las ideologías sobre la que pudiera descansar esta propuesta–, la integración del impuesto de las empresas con el de las personas permite que los propietarios de las pymes, al tener tasas bajas a nivel de la tributación personal, puedan obtener devoluciones totales o parciales de los impuestos pagados por la empresa. Esto nos permite concluir que en Chile las empresas de menor tamaño tienen una menor carga tributaria, pudiendo incluso ser cercana a cero. Eliminar la integración de los impuestos significaría incrementar la carga tributaria significativamente para las pymes del país.

Por el contrario, las modificaciones a los sistemas tributarios vigentes en los términos expuestos –régimen de renta atribuida y régimen semi integrado– implicaría, en términos prácticos, una rebaja en las tasas impositivas a nivel corporativo. Se ha manifestado que se espera que Chile llegue a una carga tributaria corporativa cercana al promedio de los países de la OCDE, esto es 24%.

Es importante recordar que el actual sistema tributario chileno obliga a los contribuyentes a elegir entre dos regímenes: uno de renta atribuida con una tasa corporativa de 25%, y otro semi integrado con una tasa de 27%. Teniendo ambos sistemas de integración con la tributación de los impuestos finales, resulta relevante recordar que el primero de los dos sistemas permite la utilización como crédito del 100% del impuesto pagado por la empresa, mientras que en el sistema semi integrado se experimenta un castigo en el crédito del 35%.

De esta manera, resulta relevante esperar y ver cuáles serán, en primer lugar, las propuestas complementarias de aquellos que promueven una modificación al sistema, respecto de la situación de los impuestos finales frente al consumo de la renta empresarial; y, en segundo lugar, ver si en el sistema propuesto se mantendrá el castigo del 35% de los créditos por el impuesto corporativo pagado por la empresa, o se pretende derogar el elemento principal que caracterizó a la Reforma de la Reforma Tributaria.

Si es así, ¿no sería mejor volver al sistema que se conocía como FUT?  

*Javier Jaque López es director del Magíster en Tributación de la Universidad de Chile y Socio de Consultoría Tributaria EY.
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