La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección argumentando que dichos dineros “constituyen herencia para los recurrentes”.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección en contra de la AFP Provida por retener los fondos acumulados por una mujer fallecida en abril de 2016.
En fallo unánime, la 12ª sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por Camila y Manuel Gaete, hijos de la cotizante María Lorena Jibaja.
Durante su vida laboral, la mujer acumuló más de 4 millones 500 mil pesos en Provida, monto que sus herederos reclaman y que la AFP retiene como una eventual pensión de sobrevivencia de los demandantes.
La Corte determinó que “resulta suficiente la declaración de los recurrentes de que cumplida la mayoría de edad eligieron no estudiar, pues cada uno de ellos tiene hijos y una familia, en consecuencia, ellos no se encuentran en la hipótesis a que alude la recurrida, pues, no obstante, ser menores de 24 años, no se encuentran estudiando“.
Por esta razón, el fallo agrega que “los fondos de capitalización en cuestión constituyen herencia para los recurrentes, existiendo sobre ellos un derecho indiscutido y preexistente de aquellos cuyo imperio esta Corte ha de proteger por esta vía cautelar de urgencia”.
En definitiva, la resolución ordenó a AFP Provida “hacer entrega de los fondos reclamados por la parte recurrente por constituir su herencia, con costas“.
SECCIÓN: País
AUTOR: Daniel Giacaman Z.
FUENTE: La Nación