La Superintendencia de Pensiones dio a conocer un comunicado donde expuso que “efectuará un exhaustivo análisis de las implicancias de la resolución de la Corte Suprema respecto de los criterios de fiscalización con que este servicio público busca garantizar el correcto funcionamiento del sistema de pensiones, y especialmente proteger los intereses y derechos de las y los afiliados de las administradoras de fondos de pensiones”.
Lo anterior, luego de que la Corte Suprema confirmara la anulación de la sanción interpuesta hacia AFP Habitat, por haber informado mediante una carta a sus afiliados sobre los efectos que tendría en las pensiones el primer retiro del 10%.
En este sentido, desde la Superintendencia señalaron que cumplirán el fallo judicial, pero que “mantiene su convencimiento en relación a su correcto actuar en este proceso, estimando que la administradora sancionada infringió los artículos 23 y 26 del Decreto Ley N° 3.500 referidos a giro exclusivo y comunicaciones a las y los afiliados, al enviarles una carta que contenía opiniones improcedentes respecto del entonces proyecto de ley de reforma constitucional que se discutía en el Congreso”.
Asimismo, expresaron que hay que “recordar que la opinión de la Superintendencia se basó en que, a partir de su proceso de fiscalización, se constataron tres infracciones por parte de la administradora”.
Que una de las infracciones tiene que ver con el inciso primero del artículo 23 del D.L. N° 3.500, de 1980, “en relación al artículo 26 del mismo cuerpo legal, excediendo el objeto único y exclusivo de una administradora de fondos de pensiones y las reglas sobre publicidad”.
La otra infracción está relacionada al “uso de datos personales para fines no autorizados, incumpliendo la Ley N° 19.628 de Protección de Datos Personales. La Superintendencia sostiene que Habitat, en las cartas enviadas a 1.293.718 afiliados, utilizó los datos que posee de esas personas para fines distintos para los cuales los mantiene, incurriendo en un tratamiento indebido de datos personales, pues no demostró que contaba con autorización expresa de los titulares de los mismos”.
Mientras que la tercera infracción dice relación al “incumplimiento reiterado de instrucciones impartidas por esta Superintendencia en materia de publicidad a sus afiliados”.
“Como Superintendencia de Pensiones reiteramos que mantendremos a firme nuestro compromiso con fiscalizar en todos los ámbitos establecidos por la legislación previsional vigente, con el objetivo de resguardar y proteger siempre el interés de las y los usuarios del sistema de pensiones y del seguro de cesantía”, cerraron en el comunicado.
Superintendencia de Pensiones analizará implicancias de la resolución de la Suprema que falló a favor de AFP Habitat
El máximo tribunal confirmó la anulación de la sanción interpuesta hacia AFP Habitat, por haber informado mediante una carta a sus afiliados sobre los efectos que tendría en las pensiones el primer retiro del 10%.
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Texto: Aton/ Foto: Aton