La Corte Suprema dio a conocer este jueves el fallo en el que explica por qué rechazó la solicitud de remoción del fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias Madariaga, presentada por el fiscal Nacional, Jorge Abbott, argumentando que no hubo “entidad” para acreditar los hechos denunciados contra el persecutor.
Luego que el 27 de enero pasado el máximo tribunal del país diera a conocer su determinación, durante esta jornada entregó su veredicto con las respectivas fundamentaciones para no dar a lugar a la remoción del fiscal Arias a quien se le indagó por tráfico de influencias.
“El cúmulo de antecedentes esgrimidos en la solicitud efectuada por el fiscal nacional, (…), no han tenido la entidad suficiente para acreditar que los hechos que fundamentaron las causales esgrimidas, sean de tal envergadura que su reproche merezca imponer su exoneración del Ministerio Público”, dice parte del dictamen.
Asimismo, en la resolución la Suprema explica que la medida pedida por Abbott “sólo resulta aplicable para aquellos casos en que las causales sean gravísimas y, tratándose de faltas de menor gravedad, aunque también fueren manifiestas, ‘la reparación debe buscarse por la vía administrativa o de derecho común, haciendo efectivas las responsabilidades civiles y penales nacidas de actos u omisiones atribuibles a dolo o negligencia’”.
De esta forma, cierra, en el fallo “se declara que no ha lugar a la petición de remoción formalizada por el fiscal Nacional don Jorge Abbott Charme, en contra del fiscal Regional de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, señor Emiliano Arias Madaraiga, por las imputaciones de mal comportamiento y negligencia manifiesta en el desempeño de sus funciones”.
https://lanacion.cl/2020/01/27/corte-suprema-rechazo-remover-al-fiscal-emiliano-arias/
https://lanacion.cl/2020/01/27/fiscal-arias-a-traves-de-la-corte-suprema-se-pudo-revisar-las-injusticias-de-las-que-he-sido-objeto/
Luego que el 27 de enero pasado el máximo tribunal del país diera a conocer su determinación, durante esta jornada entregó su veredicto con las respectivas fundamentaciones para no dar a lugar a la remoción del fiscal Arias a quien se le indagó por tráfico de influencias.
“El cúmulo de antecedentes esgrimidos en la solicitud efectuada por el fiscal nacional, (…), no han tenido la entidad suficiente para acreditar que los hechos que fundamentaron las causales esgrimidas, sean de tal envergadura que su reproche merezca imponer su exoneración del Ministerio Público”, dice parte del dictamen.
Asimismo, en la resolución la Suprema explica que la medida pedida por Abbott “sólo resulta aplicable para aquellos casos en que las causales sean gravísimas y, tratándose de faltas de menor gravedad, aunque también fueren manifiestas, ‘la reparación debe buscarse por la vía administrativa o de derecho común, haciendo efectivas las responsabilidades civiles y penales nacidas de actos u omisiones atribuibles a dolo o negligencia’”.
De esta forma, cierra, en el fallo “se declara que no ha lugar a la petición de remoción formalizada por el fiscal Nacional don Jorge Abbott Charme, en contra del fiscal Regional de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, señor Emiliano Arias Madaraiga, por las imputaciones de mal comportamiento y negligencia manifiesta en el desempeño de sus funciones”.
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