En la sentencia, notificada con fecha 13 de marzo, en el caso Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane Vs. Ecuador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional del Estado de Ecuador por la violación a los derechos a la propiedad colectiva, a la libre determinación, a una vida digna, a la salud, a la alimentación, a la identidad cultural, a un ambiente sano, a la vivienda, a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de los Pueblos Tagaeri y Taromenane y otros pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV) habitantes de la Amazonía occidental ecuatoriana.