Tsunami 27/F: Estado indemnizará con $50 millones a persona que perdió 9 familiares
La Corte Suprema ratificó el pago de una indemnización de $50 millones a una demandante que perdió a nueve familiares en el tsunami que afectó a la Isla Orrego, Región de Maule, en la madrugada del 27 de febrero de 2010.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia que estableció la falta de servicio de la Oficina Nacional de Emergencia (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA), al no adoptar medidas de resguardo que evitara las muertes de las víctimas.
La resolución de los magistrados Rosa Egnem, Carlos Aránguiz, Andrea Muñoz, y los abogados integrantes Jean Pierre Matus y Julio Pallavicini, consigna que “las características geológicas del país y la existencia de una larga franja costera lo hacen propenso al acaecimiento de terremotos y tsunamis” y que, por lo mismo, “es lógico pensar que la autoridad debe adoptar los resguardos necesarios”.
Asimismo precisa que “en esencia, el hecho y momento mismo del terremoto antes de su ocurrencia, así como de su eventual intensidad, son circunstancias imprevisibles, pero una vez que acaece, ha de surgir la iniciativa y la obligación de un obrar eficiente por parte de los órganos del Estado”.
También subraya que “no resulta posible afirmar y aceptar que la conducta de la autoridad, que en la especie debió desplegarse por la vía de funcionarios del SHOA y la Onemi, pueda quedar cubierta con los efectos del caso fortuito alegado por la defensa, razón por la que tal alegación no ha podido prosperar”.