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Suprema ratifica decisión del CPLT y permite entrega de hojas de vida de Krassnoff y otros ex militares

La solicitud es para dar cumplimiento a tres fallos de la Corte Suprema en que el máximo tribunal rechazó igual número de recursos de quejas presentados por Humberto Oviedo y Patricio Ríos y el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación del Ejército, respectivamente, en contra de los jueces de la Corte de Apelaciones que ratificaron decisiones del Consejo para la Transparencia que establecieron la publicidad de estos antecedentes y ordenaron su entrega.
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La Corte Suprema ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) y dio luz verde a la entrega de hojas de vida de exmilitares como Humberto Oviedo, Patricio Ríos y Miguel Krassnoff, documentos que deberían ser entregados antes del 19 de enero por el Ejército y la Fuerza Aérea de Chile.

Según detallaron desde el organismo, la solicitud es para dar cumplimiento a tres fallos de la Corte Suprema en que el máximo tribunal rechazó igual número de recursos de quejas presentados por Oviedo, Ríos y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación del Ejército, respectivamente, en contra de los jueces de la Corte de Apelaciones que ratificaron decisiones del CPLT que establecieron la publicidad de estos antecedentes y ordenaron su entrega.

En los casos de los ex comandantes en jefe, el máximo tribunal desestimó los recursos en consideración a que los antecedentes presentados no permitieron concluir que los ministros de la Corte de Apelaciones, al fallar como lo hicieron, hayan incurrido en falta o abuso grave, que es lo que se sanciona a través del recurso de queja. Asimismo, en las causas tanto de Oviedo como de Ríos, la Corte Suprema ratificó que no procede la causal de afectación de la privacidad alegada por los ex uniformados.

En cuanto al fallo del tribunal por la entrega de las hojas de vida de Krassnof, Juan Cornejo y Sergio Vásquez, se desestimaron las causales de reserva que no fueron alegadas por el Ejército al momento de presentar sus descargos ante el Consejo para la Transparencia y tampoco pudo demostrarse, a juicio del tribunal, afectación a la seguridad de la Nación.

El tribunal ratificó además el criterio del CPLT respecto del tipo de función que desempeñan estos ex funcionarios públicos en retiro, los que “se encuentran sujetos a un nivel de escrutinio mayor, que supone un control social más intenso respecto de sus antecedentes profesionales”, como se menciona en las decisiones del Consejo.

En los tres fallos, el requerimiento contempló el acceso a las hojas de vida de los ex comandantes y ex militares, quedando a firme la decisión de entregar copia del documento previo tarjado de todo dato personal y sensibles, y que no tengan que ver con el cumplimiento de su función pública.

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