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Pensión Garantizada Universal: ¿Cuál es el nuevo grupo que la recibirá en 2026?

En el marco de la Reforma de Pensiones, un nuevo grupo de adultos mayores podrá acceder a este importante beneficio durante el próximo año.

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El próximo año, un nuevo grupo de personas podrá acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), uno de los beneficios más importantes que entrega el Estado a los adultos mayores de nuestro país. 

Como parte de la Reforma de Pensiones, y además del aumento por etapas de su monto (de $224.004 a $250.000), un grupo más amplio de pensionados recibirá esta ayuda económica por primera vez.

El nuevo grupo que accederá a la PGU

En este sentido, y gracias a la iniciativa, las personas pensionadas por leyes de reparación, de Gracia y de montepío otorgadas por Dipreca o Capredena, podrán solicitar la PGU de manera paulatina y por etapas. 

El pasado mes de junio, el primer grupo que se vio beneficiado fueron las personas que reciben alguna de esas pensiones, y que tienen 82 años o más desde el 30 de septiembre de 2025.

De esta forma, en junio de 2026 se unirá un segundo grupo, correspondiente a quienes van a tener 75 años o más desde el 30 de septiembre del mismo año.

En tanto, desde junio de 2027, llegará el turno de un tercer grupo, correspondiente a aquellos que tendrán 65 años o más al 30 de septiembre de 2027.

El sitio web de ChileAtiende explica que, por ejemplo, “si cumples años después del 1 de octubre del año en que te corresponde el aumento por edad, podrás hacer la solicitud a partir del día de tu cumpleaños”.

Cabe destacar que para recibir la Pensión Garantizada Universal, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: 

  • Tener 65 años cumplidos para acceder al beneficio. 
  • Su grupo familiar no debe el 10% más rico de la población.
  • Acreditar residencia en territorio chileno con el certificado de viajes que entrega la PDI. Debe ser un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad, y también por un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
  • Tener una pensión base igual o menor a $1.210.828.
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