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Corte Suprema ordena suspender juicio oral a “Los Gallegos”

En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal consideró que se vulneraron las garantías de los imputados al no entregarse en la audiencia de factibilidad técnica a las defensas, la información sobre los motivos para realizar las audiencias de manera remota y sin la presencia de todos los imputados.

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La Corte Suprema acogió recurso de amparo presentado por la Corte de Apelaciones y ordenó suspender el juicio oral que se realiza en Arica contra Los Gallegos.

Este lunes se inició el juicio en modo telemáticos en contra de los 38 acusados por los delitos de homicidio calificado, secuestros, porte de armas y tráfico de drogas, entre otros, pero esta tarde se conoció el fallo de la Suprema que ordenó la suspensión del juicio oral hasta que no se realice una nueva audiencia para evaluar la factibilidad técnica de un juicio presencial.

A través de un comunicado, el máximo tribunal del país explicó que “acogió un recurso de amparo presentado por la defensa de los acusados (…) y  ordenó la suspensión del juicio oral (…) hasta que no se realice una nueva audiencia para evaluar la factibilidad técnica de un juicio presencial”. 

En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal consideró que se vulneraron las garantías de los imputados al no entregarse en la audiencia de factibilidad técnica a las defensas, la información sobre los motivos para realizar las audiencias de manera remota y sin la presencia de todos los imputados. 

“Que, en efecto, la audiencia en comento fue celebrada, sin que previamente el tribunal emplazara a los intervinientes de lo informado por Gendarmería de Chile, a través de Oficio Reservado N° 15000048-2024, fundando tal proceder en que contiene “información sensible”, apartándose con ello a los parámetros establecidos en el artículo 182 del Código Procesal Penal, que regula la reserva de actuaciones de investigación y no actos procesales, impidiéndose de esa manera a las defensas instar por las medidas descritas en el párrafo que antecede, a lo que debe sumarse la circunstancia de que Gendarmería de Chile intervino en la aludida audiencia, instando por el rechazo de la petición, resolviendo el tribunal en consideración a esa información, la que resulta hasta hoy desconocida para los intervinientes”, dice el fallo.

Agrega: “Que en la vista del recurso se hizo saber, además, que algunos de los amparados que se encuentran recluidos en el penal de Valparaíso, no han tenido comunicaciones con su defensa, por impedimentos de orden técnico que es preciso resolver”. 

Por lo tanto, con esta determinación del máximo tribunal del país, el Tribunal Oral en lo Penal de Arica deberá realizar una nueva audiencia de factibilidad técnica para la realización de un juicio presencial.

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