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Abogados de Viñuela: “Nadie puede afirmar que estamos frente a un violador de DDHH”

La defensa del animador de Mega, quien enfrenta una demanda por parte del camarógrafo José Manuel Miranda por el polémico corte de pelo en vivo y en directo en el matinal “Mucho Gusto”, presentó la respuesta al escrito de la querella.
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El estudio de abogados RCZ (Rivadeneira-Colombara-Zegers) está a cargo de la defensa del animador José Miguel Viñuela en la demanda realizada en su contra por el camarógrafo José Manuel Miranda.

Esto luego que el conductor protagonizará un polémico hecho en el matinal de Mega “Mucho Gusto”, cuando le cortó el largo pelo que tenía el trabajador en vivo y en directo, sin el consentimiento del camarógrafo.

Miranda solicitó una indemnización de 100 millones de pesos por parte del rostro de televisión.

Publimetro reveló parte de la respuesta de la defensa de Viñuela a la demanda. En ella afirma que “la trayectoria del Sr. Viñuela Infante no está exenta de errores y sinsabores. Pero nadie puede responsablemente afirmar que estamos frente a un violador de derechos humanos, o de ser una persona abusiva, discriminadora, prepotente e irrespetuosa con los demás, como erróneamente se señala en la demanda de autos”.

La defensa sostuvo que “la extensa y fructífera trayectoria de nuestro representado, así como el cariño y respeto que se ha ganado entre las audiencias y sus compañeros de labores, dan cuenta de un profesional profundamente humano, íntegro, empático con el dolor ajeno y respetuoso con los demás”.

“Es un conocido animador y presentador de televisión y locutor de radio, con una extensa y exitosa carrera de más de tres décadas… Pero fue sin duda su participación como conductor y animador durante 10 años del programa juvenil Mekano (entre 1997 y 2007), por lejos uno de los más recordados y exitosos en el segmento juvenil de la historia de la televisión chilena, lo que consolidó al Sr. Viñuela como uno de sus principales, más reconocidos y queridos animadores, con un estilo único e inconfundible, marcado por su carácter alegre, divertido, lúdico e ingenioso, que se mantiene hasta la actualidad”, agregó el escrito.

Los abogados afirman que “el actor no analiza ninguno de los requisitos establecidos para la procedencia de la responsabilidad extracontractual, ni tampoco vincula el monto solicitado al daño, omisiones todas que no escaparán del correcto criterio de S.S. al momento de acoger la presente excepción, dada la capital importancia de tales omisiones”.

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