La Sala de la Cámara de Diputados aprobó en general la denominada Ley Antibarricadas 2.0. El proyecto deberá continuar su tramitación en el Senado, en su segundo trámite constitucional.
La iniciativa fue respaldada por 89 votos a favor, 41 en contra y tres abstenciones.
Según consignó Emol, durante la misma jornada, la Sala también aprobó una indicación del diputado Raúl Leiva (PS) que incorpora un nuevo inciso al artículo 268 del Código Penal. Estableció que no serán aplicables cuando una persona se encuentre ejerciendo su legítimo derecho a reunión, huelga o manifestación pacífica.
Esta indicación obtuvo 72 votos a favor, 61 en contra y una abstención.
Parlamentarios del Frente Amplio (FA) y el Partido Comunista (PC) formularon reserva de constitucionalidad en el debate, dejando constancia de sus reparos respecto de la iniciativa.
La propuesta modifica la regulación incorporada por la Ley 21.208, conocida como Ley Antibarricadas, vigente desde 2020. La normativa estableció sanciones para quienes interrumpan completamente la libre circulación en la vía pública mediante violencia, intimidación u obstáculos.
El proyecto Ley Antibarricadas 2.0 plantea sancionar no solo la interrupción, sino también la obstaculización total o parcial de la circulación de personas y vehículos. Además de aquellas conductas que afecten el funcionamiento regular de servicios de transporte público o privado.
Uno de los principales cambios es que ya no sería necesario acreditar violencia o intimidación para configurar el delito, consignó Emol.
La propuesta también contempla distintas modalidades de afectación del tránsito, entre ellas la instalación de obstáculos, la ocupación no autorizada de vías de circulación, la interposición de vehículos o la manipulación de elementos capaces de alterar el funcionamiento de un servicio de transporte.