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Coloma ingresó requerimiento ante el TC por Comisión contra la Desinformación

Según el requerimiento ingresado, consigna La Tercera, la instancia debió haber sido creada por una ley aprobada por el Congreso y no mediante un decreto supremo, como lo fue en este caso.

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El presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI), ingresó un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC), a nombre de la Cámara Alta, respecto a la Comisión contra la Desinformación.

Según informó La Tercera, el escrito patrocinado por el abogado Arturo Fermandois, fue ingresado luego que la Cámara Alta aprobara un proyecto donde se le entregaba a Coloma un mandato para pedir un pronunciamiento respecto a la legalidad de dicha instancia.

Este miércoles con 18 votos a favor y 11 en contra, la Sala del Senado respaldó la iniciativa que fue impulsada por la UDI, RN, Evópoli, el Partido Republicano y Demócratas. De acuerdo a lo señalado por algunos parlamentarios existen dudas sobre la legalidad de la comisión, ya que atentaría contra la libertad de prensa y de expresión.

Según el requerimiento ingresado, consignado por el medio citado, la instancia debió haber sido creada por una ley aprobada por el Congreso y no mediante un decreto supremo, como lo fue en este caso.

“Que el Decreto infringe primeramente el principio y los preceptos que configuran la reserva legal -entre otros el mismo artículo 19 N°12, inciso primero de la Constitución- al abordar por vía de un simple acto administrativo una materia extremadamente sensible para el libre ejercicio y vigencia de la libertad de emitir opinión e información, asunto que la Carta Fundamental exige sea propio de un debate democrático en el seno del Congreso Nacional mediante su expresión soberana más propia, la ley, y en especial una ley de quórum calificado”, estableció el documento.

En esta línea, el texto indicó que “en consecuencia, el control del discurso público que se le encarga a la Comisión mediante la facultad de calificar la veracidad o falsedad de ciertas opiniones o información -considerando que se trata de una entidad creada al alero del poder político- supone una medida que razonablemente puede producir la inhibición o condicionamiento de la libre exteriorización de ideas o divulgación de información, incurriendo en una censura previa proscrita por la Constitución, o bien en un control del discurso público”.

Asimismo, se detalló que “tal efecto inhibidor también podría afectar a la opinión pública en general, ya que la Comisión cuenta materialmente con el respaldo del gobierno que la convoca, por lo que toda condena a determinados discursos contará con el patrocinio del poder político”.

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